La Justicia suspendió el decreto de Milei que pretendía convertir al Banco Nación en una SA

La Cámara Federal de La Plata ratificó la medida cautelar que frenó el decreto que transformaba al Banco de la Nación Argentina en una Sociedad Anónima. El fallo establece que los cambios en la entidad deben aprobarse en el Congreso.
El fallo de la Justicia dio lugar al planteo del sindicato que se oponía a la inminente privatización. Foto: gentileza.

La Justicia suspendió por segunda vez el decreto de Javier Milei que disponía la conversión del Banco de la Nación Argentina en una Sociedad Anónima (SA). La Cámara Federal de La Plata ratificó el fallo que ateriormente le puso un freno a la decisión del Ejecutivo. 

El fallo dio lugar al planteo del sindicato que representa a los empleados de la entidad que se opusieron a la inminente privatización que habilita la transformación de un organismo público en una Sociedad Anónima. 

El gobierno basó su decisión de convertir el banco en una SA en la delegación de facultades que le dio la ley bases y en el DNU 70 sobre la posible privatización de sociedades o empresas con participación del Estado.

En septiembre del año, el juez Ramos Padilla dictó un fallo en el que declaró que el DNU y la resolución no permiten cambiar la situación jurídica de la entidad. En la misma línea, el juez estableció que los cambios en la entidad deben ser aprobados en el Congreso. El dictamen fue apelado por el Gobierno naciola. Sin embargo, este viernes se conoció que los jueces de la Sala III de la Cámara Federal de La Plata, Roberto Lemos Arias y Carlos Vallefín, rechazaron los argumentos y confirmaron la suspensión del decreto. 

"La privatización del Banco de la Nación Argentina fue objeto de exclusión del proyecto originario que culminó con la sanción de la Ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos", sostuvieron en la resolución a la que accedio Infobae.

Además, la sentencia indicó que "la delegación que invoca el Poder Ejecutivo para resolver la transformación en una sociedad anónima no puede aplicarse a una entidad a la que el Congreso no habilitó a modificar en su naturaleza". 

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