Establecen como proceso colectivo amparo presentado por usuarios del transporte

Solicitan la declaración de inconstitucionalidad del aumento del 12% del costo del boleto urbano, aplicado desde el 10 de junio de 2018.

Mediante esta acción se solicitó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 17 de la Ordenanza Nº 12.726/2017. - Foto: archivo.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de 1° Nominación de Córdoba estableció el carácter "colectivo" del amparo presentado por un grupo de usuarios del transporte urbano de pasajeros, y concejales de la ciudad, en contra de la Municipalidad de Córdoba.

Mediante esta acción se solicitó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 17 de la Ordenanza Nº 12.726/2017 y la nulidad del Decreto Nº 1614, que habían dispuesto un aumento del 12% del costo del boleto del transporte público a partir del 10 de junio de 2018.

Los magistrados entendieron que en este proceso "se encuentran en juego pretensiones de incidencia colectiva, referidas a intereses individuales homogéneos", en el marco del artículo 43 de la Constitución Nacional, artículo 48 de la Constitución Provincial y de la Ley N° 4.915.

Por ello, el tribunal, integrado por los vocales Gabriela Adriana Cáceres, Leonardo Fabián Massimino y Ángel Antonio Gutiez, consideró que  correspondía proceder a su recategorización como "amparo colectivo".

La resolución destaca que el "colectivo" se encuentra conformado por los usuarios del servicio de transporte público de pasajeros de la Capital, hasta quienes podrían llegar los efectos de lo que se resuelva en esta causa.  Asimismo, resaltan que el "sujeto demandado" es la Municipalidad.

Para así resolver, los magistrados tuvieron especialmente en cuenta lo decidido en el proceso caratulado "Riutort, Olga Elena y Otros c/ Municipalidad de Córdoba - Amparo" (Expte. Nº 7293847)” cuya pretensión es idéntica al presente caso. En consecuencia, se ordenó acumular ese caso a dicho proceso colectivo.

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