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La medida afecta particularmente a los pilotos y tripulantes de cabina de Aerolíneas Argentinas y se concreta en el momento en que los pilotos nucleados en APLA, anunciaron un paro de actividades para el 10 de junio en demanda de reclamos salariales.
País04/06/2025El Gobierno nacional modificó mediante un DNU los tiempos máximos de vuelo y períodos de descanso para las tripulaciones de vuelo y de cabina de pasajeros, alineándolos a los estándares estadounidenses de la industria, según se argumentó.
Lo hizo a través de la publicación hoy en el Boletín Oficial del DNU N° 378/2025 para concretar una reforma que fue impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía de la Nación.
“La nueva normativa se formuló en base a lineamientos técnicos aeronáuticos, despojándola de connotaciones gremiales o políticas que han obrado en perjuicio de la industria y del mercado”, sostiene el comunicado difundido por la Secretaría de Transporte de la Nación.
Indicaron que “la medida tendrá un impacto favorable para cualquier línea aérea que quiera operar en la República Argentina y pone al sector al servicio de los argentinos”, ya que “permite que los operadores aerocomerciales cuenten con más libertades para organizar la operación beneficiando a empresas y pasajeros que contarán con una mayor competitividad y más opciones de vuelo; siempre priorizando la seguridad operacional del sistema”.
Tiempo de vuelo y de servicios de vuelo: No se incluye el tiempo de traslado del personal al aeropuerto como inicio o finalización del servicio, ni las actividades realizadas fuera del control del explotador. Es decir, anteriormente se consideraba tiempo de trabajo el traslado del personal al aeropuerto (pilotos o tripulantes de cabina de pasajeros) así como el tiempo de espera hasta iniciar el vuelo, ahora ese tiempo no va a estar contemplado como horas trabajadas.
Tiempo mínimo de descanso semanal: Será de 30 horas semanales alineándolo a la normativa de la Administración Federal de Aviación norteamericana (FAA). Antes de esta modificación el personal tenía 36 horas consecutivas de descanso semanal.
Horas máximas de vuelo: Serán 1.000 horas al año y 8 horas diarias, anteriormente eran 800 horas al año y 10 por día. "Esto también colaborará en reducir los costos para las aerolíneas haciéndolas más competitivas", indicó el Gobierno.
Vacaciones: Se dispondrán 15 días consecutivos de descanso anual y se elimina la noción sumatoria. La norma anterior contemplaba 30 días consecutivos de descanso anual para cualquier piloto que recién ingresaba a una línea aérea y a estos días se sumaban los 15 días de vacaciones de ley, "encareciendo los costos del sistema". "Para tener en cuenta, en EE.UU. un piloto goza de 14 días de vacaciones durante sus primeros cinco años en una empresa", dijo el Gobierno.
El alcance de la norma será sobre los servicios de transporte aéreo regular y no regular, quedando excluidos el taxi aéreo, las operaciones con helicópteros, el trabajo aéreo, y el transporte de carga, quienes deberán cumplir las regulaciones técnicas que dicte la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
“De esta manera, se continúa otorgando mayores libertades al sector aéreo, desburocratizando la industria con la eficientización de los recursos, para consolidar la apertura del mercado aerocomercial argentino y favorecer el ingreso de nuevas compañías e inversiones”, concluye señalando el comunicado.
La medida afecta particularmente a los pilotos y tripulantes de cabina de Aerolíneas Argentinas y se concreta en el momento en que los pilotos nucleados en la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), ha anunciado un paro de actividades para el 10 de junio próximo en demanda de reclamos salariales.
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