A 10 años de un caso de gatillo fácil, la Justicia reconoció que la Policía "tuvo trato un discriminatorio"

El fallo establece que dos oficiales, condenados por asesinar a Fernando Pellico, y la Provincia, deben indemnizar a Maximiliano Peralta, quien recibió un disparo y logró sobrevivir.

Córdoba25/04/2025Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana
Policía de Córdoba by @PoliciaCbaOf
Para la jueza Peralta y Pellico "fueron víctimas de trato discriminatorio, agraviante o ultrajante, que configuró violencia institucional". Foto: gentileza.

A diez años del crimen policial que terminó con la vida de Fernando “Were” Pellico, el  Juzgado en lo Civil y Comercial de 24a. Nominación de la Ciudad de Córdoba dictaminó que dos oficiales y el Gobierno de la Provincia deben pagarle un resarcimiento al primo de la víctima fatal, quien fue herido de un disparo.  

El 26 de julio de 2014, Fernando “Were” Pellico y su primo Maximiliano Peralta estaban viendo un partido de fútbol cuando decidieron ir a comprar unas gaseosas. Según figura en la sentencia, los hombres se trasladaban en su motocicleta cuando dos efectivos desde una patrulla, que en "ningún momento los instruyeron a que se detuvieran y no les hicieron ningún tipo de señal" comenzaron a dispararles. 

Pellico fue alcanzado por un disparo de arma de fuego que le atravesó la garganta y su cuerpo sin vida cayó al suelo. Peralta, sobreviviente del episodio de violencia institucional, recibió el impactó de una bala en la pierna derecha

El sobreviviente del ataque denunció a los oficiales y al Estado provincial por daños y prejuicios y la Justicia determinó que su reclamo era valido. El agente Lucas Gastón Chávez y el sargento Rubén Alfredo Leiva ya habían sido condenados por el delito de homicidio agravado y calificado, y recibieron la pena de prisión perpetua. Ambos se encuentran alojados en la cárcel de Bouwer. 

La jueza Alejandra Sánchez Alfaro dictó la sentencia civil y reconoció que Maximiliano, su primo fallecido y sus familiares "fueron víctimas de trato discriminatorio, agraviante o ultrajante, que configuró violencia institucional".

"Tales conductas perpetradas por los dependientes del Estado provincial conforman ofensas a la dignidad humana, al honor, además de la afectación del derecho a la vida, a la integridad psicofísica y a la libertad de cualquier persona", explicó la magistrada. 

Además,  Sánchez Alfaro señaló que la responsabilidad del Estado provincial obedece a un factor de atribución objetivo. Esto quiere decir que la Provincia debe responder civilmente por los daños causados por miembros de las fuerzas de seguridad. 

También, para resarcir el daño a la dignidad, la Justicia ordenó publicar la sentencia.

24 Danos y perjucios Responsabilidad del Estado Lesiones provocadas por policias.pdf

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