Oficial: el Gobierno modificó la ley de Tránsito y habilitó la licencia de conducir digital

A través de un Decreto publicado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo modificó la Ley 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial. La medida implementa la Licencia Nacional de Conducir Digital.

País18/03/2025Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana
Licencia de conducir digital (argentina.gob.ar)
La nueva licencia versión digital será emitida por las jurisdicciones locales. Foto: gentileza.

El Gobierno dispuso modificaciones de la Ley 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial y estableció la implementación de una Licencia Nacional de Conducir digital con validez en todo el país.

A través del Decreto 196/2025, publicado en el Boletín Oficial, se fijó la nueva licencia versión digital y será emitida por las jurisdicciones locales, previa autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), y podrá ser replicada en formato físico sin fecha de vencimiento.

El decreto también introduce cambios en la Revisión Técnica Obligatoria (RTO), que ahora dependerá de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, y amplía los plazos de control para vehículos particulares nuevos, que tendrán una gracia de 60 meses antes de su primera inspección. Para los rodados con más de 10 años de antigüedad, la RTO deberá renovarse cada 12 meses.

El Certificado de Homologación de Autopartes y Elementos de Seguridad (CHAS) se elimina con el fin de facilitar la importación y fabricación de piezas dado que, según el Gobierno, esta medida busca reducir costos y desalentar el robo de vehículos para el comercio ilegal de autopartes.

Otro de los puntos relevantes de la normativa es la regulación de vehículos autónomos, estableciendo distintos niveles de automatización y la necesidad de aprobación previa por parte de la ANSV.

También se incorporan nuevas señales viales para reforzar la seguridad en cruces ferroviarios a nivel. En el ámbito del transporte interjurisdiccional, se delegó a las provincias y la Ciudad de Buenos Aires la potestad de otorgar licencias de conducir profesionales de las clases C, D y E, que habilitan a operar vehículos de carga y transporte de pasajeros.

Fuente: NA

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