Condenan a seis personas por la venta ilegal de lotes en Calamuchita

En juicio abreviado, dictaron penas por falsedad ideológica, defraudación por estelionato y estafa. También se inhabilitó en el ejercicio de la profesión a una escribana y un martillero.

Córdoba12/12/2023Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana
Palacio de Justicia II (Justicia de Córdoba)
Si bien la condena fue unánime, hubo disidencia minoritaria en cuanto a la posibilidad de dar curso al juicio abreviado.Foto: Poder Judicial de Córdoba

La Cámara en lo Criminal y Correccional de 10° Nominación de la ciudad de Córdoba condenó a seis personas involucradas con la venta irregular de lotes en Calamuchita en los años 2006 y 2007. Los acusados confesaron su participación en los hechos investigados, en el marco de un juicio abreviado

El acuerdo alcanzado por las defensas y la Fiscalía de la Cámara 10° del Crimen incluyó la condena a penas de prisión en suspenso por los delitos de falsedad ideológica, defraudación por estelionato y estafa. Asimismo, se impuso la inhabilitación en el ejercicio de la profesión a una escribana y a un martillero que intervinieron en la maniobra ilícita, como así también la reparación económica de las víctimas

Se impusieron las siguientes penas:

- Atilio Arnaldo Atanazoff: coautor de falsedad ideológica; condenado a dos años (2) de inhabilitación para el ejercicio de su profesión de martillero y corredor público.

- María José Devoto Delpech: coautora de falsedad ideológica y partícipe necesaria de falsedad ideológica reiterada; condenada a dos años de prisión pronunciamiento en suspenso. 

- Alejandro Pedro Fernández Bisso: coautor de defraudación por estelionato reiterada; condenado a tres años de prisión en suspenso. Deberá concretar el ofrecimiento de reparación por el daño producido y, en consecuencia, abonar 3.000.000 de pesos a las víctimas.

- Néstor Nicolás Minino: partícipe necesario de estafa reiterada, defraudación por estelionato y falsedad ideológica reiterada; condenado a tres (3) años de prisión, en suspenso. Deberá concretar el ofrecimiento de reparación por el daño producido y, en consecuencia, abonar 300.000 de pesos a las víctimas.

- Diego Nicolás Peralta Diez: coautor de defraudación por estelionato reiterada y falsedad ideológica reiterada; partícipe necesario del delito de falsedad ideológica reiterada; condenado a tres años de prisión, en suspenso. Deberá concretar el ofrecimiento de reparación por el daño producido y, en consecuencia, abonar US$ 15.000 en dólar billete.

- Irma Trasobares: autora de falsedad ideológica reiterada; partícipe necesaria del delito de estafa reiterada; partícipe necesaria del delito de defraudación por estelionato; condenada a dos años y diez meses de prisión, en suspenso, y a la pena de cinco años de inhabilitación para el ejercicio del notariado. Deberá concretar el ofrecimiento de reparación por el daño producido y, en consecuencia, abonar la suma equivalente a 50.76 jus. 

- José María Palma: absuelto por prescripción.
- Lorena Cecilia Wurch: absuelta por duda.
- Lucas Javier Wurch: absuelto por duda.
- Marina Alejandra Wurch: absuelta.

Si bien la condena fue dictada por unanimidad, hubo disidencia minoritaria en cuanto a la posibilidad de dar curso al juicio abreviado requerido por fiscal de cámara, acusados y defensores, en tanto uno de los integrantes del tribunal no estaba de acuerdo con las penas acordadas ni con su modalidad.

La mayoría, constituida por los vocales Carlos Palacio Laje (autor del voto) y Mario Centeno, puntualizó que para determinar la sanción a aplicar se debe tener en cuenta, dentro de otros aspectos, que se trató de un juicio abreviado, previsto por el artículo 415, 3° párrafo, última parte, del Código Procesal Penal provincial (CPP). 

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