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El autor de esta columna señala que la fórmula presidencial Javier Milei y Victoria Villarruel de LLA presentan dichas atrocidades estatales restándoles importancia, sin tener en cuenta las sentencias judiciales condenatorias.
Opinión11/10/2023 Miguel Julio Rodríguez Villafañe (*)En Argentina se vive una negación de derechos humanos básicos, por parte de sectores políticos que buscan degradar la vigencia y la militancia en los mismos. Incluso sostienen que el tema lo utilizan determinados sectores como “un curro”. Postura inaceptable, cuando trabajar por la plena operatividad de los derechos humanos integra objetivos fundamentales de nuestra Constitución Nacional y de los Pactos Internacionales incorporados con jerarquía constitucional.
Además, niegan que hubo un terrorismo desde el Estado, con motivo de lo cual, se cometieron delitos de lesa humanidad de distintos tipos, como asesinatos, torturas, privación ilegítima de la libertad -desapariciones-, abusos sexuales, daños -físicos, sicológicos y materiales-, robos, secuestro de la identidad e historia de niños sacándolos del lado de sus madres en cautiverio, etcétera.
Los métodos terroristas llevados adelante por el Estado en nuestro país, en el período del último gobierno militar de facto (1976-1983), son inadmisibles y ello quitó toda autoridad legal y moral al accionar estatal.
Los integrantes de la fórmula presidencial Javier Milei y Victoria Villarruel, del partido “La Libertad Avanza”, presentan dichas atrocidades estatales restándoles importancia, sin tener en cuenta las sentencias judiciales condenatorias de dichos actos que se encuentran firmes, con carácter de cosa juzgada. A su vez, sostienen que es “un mito” la postura asumida de que existieron 30.000 desaparecidos. En todo momento pretenden aminorar la envergadura de los hechos, diciendo que fueron sólo 8.753, como si la reducción arbitraria del número, quitara responsabilidad a la gravedad de los delitos cometidos.
Además, se argumenta que se dieron sólo algunos “excesos”, haciendo aparecer que los crímenes fueron algo accidental o propio de desbordes de sectores marginales. Omiten referir que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, el 09 de diciembre de 1985, en el fallo dictado en el juicio a los ex comandantes de las Juntas Militares afirmó, que no hubo una guerra, ni excesos y que se trató de una verdadera operación siniestra, planificada, dirigida y ordenada, de manera premeditada, generalizada y sistemática.
Asimismo, en la actitud por la que se pretende restar culpa, se trata de poner a los y las actuantes, como víctimas incomprendidas por las acciones criminosas que llevaron adelante, que lesionan y ofenden a la humanidad misma, por eso son de delitos de “lesa humanidad”.
Por su parte, los y las responsables fueron juzgados con todas las garantías propias de los derechos humanos. No estuvieron detenidos en cárceles clandestinas, contaron con sus abogados, tuvieron asegurado el derecho a la defensa y las condenas las aplicaron tribunales imparciales conforme a la ley. Mientras que, los que defienden el accionar estatal indebido no dicen nada que, durante el proceso militar, a los desaparecidos, sin garantizarles defensa alguna, ni tribunal imparcial que los juzgara conforme a derecho, les aplicaron, criminalmente, sin distinciones, la pena de muerte.
El país debe reafirmar su coherencia con los valores esenciales que lo nutren y justifican. Tampoco se pueden volver relativos o perecederos conceptos fundamentales, como el respeto a la vida, a la dignidad de la persona, a la igualdad y equidad, al ejercicio de una libertad responsable, a la no discriminación, a la justicia social y a la plena vigencia de los derechos humanos.
La corrupción social empieza por relativizarlos, para luego, anularlos por indiferencia. No hay que tolerar que se niegue o infravalore los graves crímenes de lesa humanidad que se llevaron adelante en el país y menos que no nos comprometamos, esencialmente, con el tema y sus consecuencias.
Debemos reafirmar las verdades últimas de la humanidad, las que guían y deben orientar a las personas y a los pueblos para el bien común. De lo contrario, las ideas y las convicciones humanas se pueden instrumentar fácilmente, para fines de poder, contrarios a los objetivos de una humanidad que se respete a sí misma.
También, el “negacionismo” de los delitos de lesa humanidad que se cometieron, es la tergiversación deliberada de nuestro pasado rechazando las evidencias. No se debe tolerar que se desdibuje la verdad histórica.
Cabe referir que, respecto a otros crímenes de lesa humanidad, como es el caso del genocidio, denominado “crimen de crímenes” como, por ejemplo, en el caso del Holocausto judío, varios países han promulgado leyes relacionadas con el negacionismo de la existencia de dicho genocidio, que contemplan incluso sanciones penales. Así, en Francia, en 1990, se estableció, al menos tres años de cárcel, a los negacionistas o personas que expresan dudas sobre el exterminio nazi. De igual manera Bélgica aprobó una ley en 1995, por la que se prohíbe el apoyo, justificación o negación pública del Holocausto. En Suiza está penada la reivindicación o la negación de cualquier genocidio o delito de lesa humanidad. En Alemania y Austria también está penalizada la negación o dudas del holocausto. El Parlamento español, en julio de 2015, aprobó una reforma del código penal en el que se estableció que se castiga la negación o enaltecimiento de delitos de genocidio o sus autores.
En este sentido, el Papa Francisco, en el mensaje que leyó el 24 de abril de 2015 en Roma, antes de comenzar la misa conmemorativa de los cien años del genocidio armenio, dijo: “Es necesario recordarlos, es más, es obligado recordarlos, porque donde se pierde la memoria quiere decir que el mal mantiene aún la herida abierta. Esconder o negar el mal es como dejar que una herida siga sangrando sin curarla".
El Congreso de la Nación Argentina, en el año 2002, promulgó la Ley 25.633, que instituye, al día 24 de marzo, como “Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia en conmemoración de quienes resultaron víctimas del proceso iniciado en esa fecha del año 1976”, (art.1). Y se tuvo particular cuidado de establecer, que en los establecimientos educativos se determinen jornadas alusivas al Día Nacional instituido y de esa manera, consolidar “la memoria colectiva de la sociedad, generar sentimientos opuestos a todo tipo de autoritarismo y auspiciar la defensa permanente del Estado de Derecho y la plena vigencia de los Derechos Humanos”, (art. 2). Resulta inaceptable entonces que, quienes deseen regir los destinos de país, no defiendan dichos fines fundamentales a consolidar como política de estado. Ellos son los símbolos patrios con contenidos, que hacen a la unidad de toda la argentinidad y merecen un respeto especial, en el profundo pacto de convivencia que nos une.
(*) Abogado constitucionalista cordobés y periodista de opinión
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