
Córdoba: la Justicia falló contra empresario por el impuesto a grandes fortunas
Redacción La NUEVA Mañana
La Justicia Federal de Córdoba falló a favor de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), para cobrar el Aporte Solidario y Extraordinario -también conocido como el impuesto a las grandes fortunas- a un empresario, que había cuestionado la constitucionalidad de la iniciativa aprobada en 2020 para morigerar los efectos de la pandemia de Covid-19.
El dictamen ordenó llevar adelante la ejecución sobre activos embargados del contribuyente por 37 millones de pesos.
Según informó Afip, se trata de un empresario vinculado al sector inmobiliario que, luego de sancionada la ley 27.605 por el Congreso, presentó una declaración jurada al organismo con un monto 47 millones superior al mínimo imponible para pagar la percepción a favor del organismo.
Si bien la persona llegó a abonar en efectivo una parte de ese saldo informado, posteriormente realizó presentaciones en la justicia federal en contra de este pago.
Como no integró el resto de la cifra que, según el propio contribuyente, le correspondía abonar acorde a sus activos, la Afip inició un juicio de ejecución fiscal.
Recientemente el Juzgado Federal N°3 de la ciudad de Córdoba, a cargo de Miguel Hugo Vaca Narvaja, rechazó los planteos del empresario y su pedido para levantar el embargo trabado por el organismo.
Asimismo, ordenó llevar adelante la ejecución por la deuda impositiva, las costas y los honorarios, por un total de 37 millones de pesos, mediante la inhibición general de sus bienes, que ya fue efectivizada ante el Registro General de la provincia.
El Aporte Solidario y Extraordinario fue uno de los instrumentos impulsados por el Gobierno nacional durante la emergencia sanitaria para ampliar y fortalecer las fuentes de financiamiento genuino del sector público.
La ley preveía el cobro por única vez de una tasa de entre 2 y 3,5% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de $200 millones, lo que abarcaba a 12 mil contribuyentes.
Fuente: Télam


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