
Sequía: la Nación declara la emergencia en 21 departamentos de Córdoba
Redacción La Nueva Mañana


Por la sequía, el Ministerio de Economía de la Nación declaró el estado emergencia o desastre agropecuario, según corresponda, en las provincias de Córdoba y Neuquén, a través de dos resoluciones publicadas este martes en el Boletín Oficial.
La Resolución 600/2023 contempla el plazo comprendido entre el 1º de marzo y hasta el 31 de agosto próximo, a las explotaciones agrícolas, forestales y frutihortícolas, y hasta el 29 de febrero de 2024, a las explotaciones ganaderas afectadas por sequía.
La medida abarca a los departamentos cordobeses Sobremonte, Río Seco, Tulumba, Ischilín, Totoral, Río Primero, Colón, Punilla, San Alberto, Pocho, Santa María, Río Segundo, San Justo, Tercero Arriba, General San Martín, Juárez Celman, Río Cuarto, General Roca, Presidente Roque Sáenz Peña, Unión y Marcos Juárez.
Además, determinó que el 31 de agosto de 2023 y el 29 de febrero de 2024 son las fechas de finalización de los ciclos productivos para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas.
Por su parte, la Resolución 601/2023 dio por declarada la emergencia en Neuquén desde el 1° de enero último y hasta el mismo día de 2024, a las explotaciones ganaderas, agrícolas, apícolas, acuícolas, forrajeras y forestales, afectadas por sequía en todo el territorio provincial, a excepción de los valles irrigados de los Departamentos Añelo y Confluencia.
Asimismo, estableció que el 1° de enero de 2024 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas de las áreas declaradas.
Para ambas provincias, a los efectos de poder acogerse a los beneficios, los productores y las productoras afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos.
Por su parte, el gobierno provincial remitirá a la Comisión Nacional De Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores y las productoras afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad provincial competente.
En tanto las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) arbitrarán los medios necesarios para que los productores y las productoras gocen de los beneficios previstos.
Fuente: Télam
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