Excluyen del pago del Impuesto PAÍS a los insumos destinados a exportaciones
Lo dispuso mediante el Decreto 14/2024 publicado en el Boletín Oficial, el cual consiste de una modificación del artículo 13 bis del Decreto 99/2019.
A través de la resolución 246/2022, la oficina nacional quitó incompatibilidades en el acceso a estas asignaciones universales.
Economía 02/11/2022 Redacción La Nueva MañanaLa Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), a través de la resolución 246/2022 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, eliminó todas las incompatibilidades que impedían recibir las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE) a los beneficiarios de planes o programas sociales provinciales y municipales, buscando quitar más barreras hacia su acceso.
Lo que se derogó fue el artículo 4 de la resolución 203/2019 que reglamenta el Sistema de Cobertura Universal de Niñez y Adolescencia (CUNA), el procedimiento de control, validación y liquidación de las asignaciones.
Dicho artículo facultaba a la Anses a establecer convenios con organismos nacionales, provincias, municipios y la ciudad de Buenos Aires para especificar aquellos planes, programas o subsidios sociales que resulten incompatibles con la AUH y la AUE.
La normativa, además, deja sin efecto a todos los convenios suscriptos desde ese entonces.
La Anses recordó que previamente ya había dado un paso hacia la universalización de la AUH, eliminando barreras de acceso.
En noviembre de 2020, el organismo incorporó a cerca de un millón de niños, niñas y adolescentes al beneficio mensual que no tenían cobertura anteriormente y que se encontraban en una situación de extrema vulnerabilidad.
En concreto, se eliminó el tope de cinco hijos en la cantidad de niños y adolescentes a cargo, se volvió a incluir a quienes adeudaban presentaciones de libreta y se facilitó el otorgamiento de la prestación en los casos en donde falta la información de uno de los progenitores, simplificando el acceso a las personas indocumentadas.
Del mismo modo, la falta de presentación de la libreta dejó de ser un motivo de suspensión del derecho, impactando únicamente en el cobro del complemento acumulado (20% mensual).
Por su parte, también se redujo la condición de residencia para extranjeros de tres a dos años.
La derogación de este miércoles, señalan los considerandos, resulta por ende “una medida conducente a la ampliación de los derechos de las niñas, niños y adolescentes” enmarcándose en el objetivo de universalizar el acceso a la seguridad social.
Fuente: Télam
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