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Juan Carlos Rolón, parte de los grupos de tareas de la Marina durante la última dictadura cívico, eclesiástica y militar, deja de percibir el beneficio otorgado por la Anses.
País06/07/2021La Corte Suprema de Justicia de la Nación convalidó la suspensión de la pensión honorífica por la Guerra de Malvinas al represor de la ex ESMA Juan Carlos Rolón, informaron fuentes judiciales. La medida fue aprobada por mayoría, ya que el presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, manifestó su disidencia.
La decisión de la Corte, fechada el 1º de julio de 2021, manifiesta que el dictamen del procurador fiscal ante la Corte, Víctor Abramovich, hizo un “adecuado tratamiento” y que “comparte” los fundamentos del funcionario contra la continuidad del cobro de la pensión por parte de Rolón.
La causa se inició a raíz de un amparo interpuesto por el ex militar Rolón a raíz de la decisión administrativa de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) de suspender preventivamente el pago de la pensión especial por Malvinas, otorgada en los términos de la ley.
El pedido fue rechazado en primera instancia pero acogido por la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social. Contra esa decisión, la ANSES interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema.
Abramovich había dictaminado en 2018 que la suspensión del pago a Rolón de la pensión honorífica de veterano de la Guerra de Malvinas, dispuesta por la ANSES por haber sido procesado y luego condenado como autor de crímenes de lesa humanidad, no vulnera los derechos fundamentales del beneficiario.
Rolón fue uno de los 60 represores procesados, imputados e incluso condenados por crímenes de la dictadura que cobraban “pensiones honoríficas” como veteranos de Malvinas, según lo denunciado por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata.
La entidad se había puesto a disposición de la ANSES el año pasado para revisar las “irregularidades detectadas” en el otorgamiento de esos beneficios, que comenzaron a darse en los años 90.
La información surgió a partir de un relevamiento al que tuvo acceso Télam, elaborado por la entidad en base a datos que se encuentran en los registros del organismo que regula la seguridad social en el país, y que pueden consultarse por Internet.
“El decreto 1357/04 firmado por el entonces presidente Néstor Kirchner estableció que esta pensión no podía ser cobrada por quienes hubieran cometido violaciones a los derechos humanos, crímenes contra la patria o el orden constitucional. Por eso creemos hay irregularidades que deben ser corregidas”, había señalado a Télam Ernesto Alonso, dirigente del CECIM, en 2020.
Fuente: Télam
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