
En medio de fuertes críticas, debaten la reforma del Ministerio Público

Este miércoles desde las 13 horas el Senado debatirá el proyecto de ley para modificar el Ministerio Público Fiscal.
Denominado, “proyecto de reforma de las leyes orgánicas del Ministerio Público Fiscal de la Nación (Ley N°27.148) y del Ministerio Público de la Defensa de la Nación (Ley N°27.149)”, comenzará a ser discutido hoy en el seno de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales que preside el senador entrerriano Pedro Guastavino, que se reunirá para ello en el Salón Illia.
El proyecto fue presentado el viernes por Federico Pinedo, presidente provisional del Senado, y lleva las firmas del radical Angel Rozas y de los peronistas Miguel Pichetto y Rodolfo Urtubey.
El proyecto también disuelve las procuradurías especiales creadas por la ley original, como la de Violencia Institucional o la de Narcocriminalidad y establece que el procurador general podrá disponer por resolución la creación de procuradurías especializadas “cuando la política de persecución penal pública o el interés general de la sociedad así lo requieran”.
Además, limita a cinco años el mandato del procurador general de la Nación, habilitando al Poder ejecutivo a removerlo por decreto. Recordemos que un disparador de esto fue un fallo reciente de la Justicia, cuando el juez en lo Contencioso Administrativo Pablo Cayssials declaró inconstitucional la norma vigente, dejando abierta la posibilidad de que el presidente desplazara a Gils Carbó por la vía del decreto, cosa que el Gobierno prefirió no hacer y elaborar en cambio una ley que modifique la vigente.
También establece que el procurador será designado por el Poder Ejecutivo, con el acuerdo del Senado por “mayoría absoluta de sus miembros”, eliminando así el requisito de los dos tercios. De tal manera, alcanzará con la mitad más uno de los senadores: 37.
Elimina además el carácter “vitalicio” del cargo, que establecía la ley vigente, imponiéndose una duración de cinco años para su permanencia en el cargo, con posibilidad de reelección solo por dos años y “por única vez”.
Entre los justificativos para remover al procurador figuran el mal desempeño, crímenes comunes o delito en el ejercicio de sus funciones “por decisión fundada del Poder Ejecutivo”. A partir de eso, su mandato podrá ser revocado por el Senado “en el plazo máximo de 10 días hábiles.
La Cámara de Diputados también podría tener participación en el desplazamiento eventual del procurador, a partir de “la mayoría absoluta de los miembros presentes a solicitud de cualquiera de sus miembros”, pero luego necesitará el acuerdo de la mayoría absoluta del Senado. Lo mismo que sea el Ejecutivo el que lo disponga.
Fuertes críticas
Desde distintos sectores de la Justicia afirman que el proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal ingresado al Senado de la Nación tras la renuncia de la Procuradora General, Alejandra Gils Carbó, pone en riesgo la independencia y autonomía funcional del organismo. La propuesta contiene normas inconstitucionales y otras que constituyen un peligro para la división de poderes y amenazan con debilitar la figura del/la próximo/a Procurador/a.
A través de un comunicado firmado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Asociación Pensamiento Penal (APP), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), la Fundación Poder Ciudadano, se advierte que el proyecto quiebra el alto nivel de acuerdo político necesario para lograr la designación del/la Procurador/a y Defensor/a General de la Nación.
"Las organizaciones firmantes advertimos con preocupación este debilitamiento inconstitucional de la autonomía del Ministerio Público Fiscal, y solicitamos al Congreso que modifique los puntos señalados y que garantice que cualquier eventual reforma de la ley orgánica del Ministerio Público Fiscal redunde en un fortalecimiento del órgano que contribuya con la construcción de un sistema de una justicia más transparente, ágil y democrático. Asimismo, reiteramos nuestro llamado a avanzar con urgencia en la efectiva implementación del Código Procesal Penal de corte adversarial suspendido por el Poder Ejecutivo hace casi dos años", señalaron.
Y agregaron que "las modificaciones introducidas respecto a la remoción del/la Procurador/a y Defensor General de la Nación atentan contra el mínimo de estabilidad necesario para garantizar su autonomía y evitar influencias indebidas de los otros poderes del Estado. El proyecto elimina la exigencia de remoción a través del juicio político y la reemplaza por un mecanismo endeble, al habilitar que ese proceso se realice sólo con la mayoría absoluta en ambas cámaras del Congreso de la Nación. El proyecto también habilita a que el PEN inicie el proceso de remoción, solo con una resolución fundada y que, a partir de esto, se suspenda de oficio al titular del cargo, lo que en conjunto lo vuelve una herramienta de presión inadmisible (art 76). Esta modificación deja al/la Procurador/a o Defensor/a en una situación de debilidad frente a las consecuencias políticas que las investigaciones criminales o actos de gestión puedan acarrear".
Además, advirtieron sobre el riesgo de eliminar las procuradurías especializadas, las cuales "han marcado las decisiones más interesantes en materia de acceso a la justicia, política criminal y organización y dinámicas de las últimas gestiones del MPF. Estas estructuras son imprescindibles para la persecución de delitos de criminalidad organizada y corresponden con las necesidades de un Ministerio Público preparado para reorientar sus recursos hacia los delitos más graves. Por ello, no condice con el objetivo de dotar de eficacia a la política de persecución de delitos complejos el hecho de eliminar de la ley todas las procuradurías existentes".
Finalmente, denunciaron que "el proyecto elimina, sin razón alguna, a las Direcciones Generales del MPF. Las Direcciones Generales, entre las que se destacan la de recupero de activos, acceso a la justicia, políticas de género, acompañamiento a las víctimas, investigación patrimonial y análisis criminal, se han consolidado como instancias de apoyo a las investigaciones, brindando una mayor capacidad de respuesta al MPF respecto de las conflictividades sobre las que tiene que intervenir. Ese reconocimiento motivó que fueran incluidas en la ley vigente, como una forma también de que el Congreso Nacional definiera líneas de trabajo y orientación prioritarias para el MPF".


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