
El gobierno extendió la prohibición de corte de servicios hasta fin de mes





A través del decreto 426/2020, que lleva la firma de todo el Gabinete nacional, se dispuso que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital "no podrían disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios".
Aclaró que ello no puede ocurrir "en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas y cuyos vencimientos hubieran operado a partir del primero de marzo de 2020".
Además, se dispuso en la prórroga dada a conocer este viernes que "tratándose de servicios de telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, las empresas prestatarias quedaban obligadas a mantener un servicio reducido, conforme se estableciera en la reglamentación, por un plazo de 180 días corridos".
Ello alcanza a quienes tengan celulares "prepagos", con lo cual las empresas prestadoras deberán brindar un servicio reducido para aquellos clientes que no carguen crédito en sus teléfonos. Lo mismo cuenta para los "Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Servicios de TIC)" con el fin de garantizar el acceso a los servicios de telecomunicaciones a los usuarios, mediante una conectividad mínima.
La determinación se da en el marco de una batería de medidas puesta en marcha por el Gobierno para mitigar los efectos de la crisis causada por la pandemia y la reducción de ingresos de los hogares más vulnerables en el país.
Fuente: Noticias Argentinas


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