
Avalaron que la pena mínima por vender estupefacientes sea de cuatro años

Un dictamen de la Procuración General de la Nación avaló la constitucionalidad del mínimo de cuatro años para los delitos de comercialización de estupefacientes al menudeo, tal como lo sostiene la Fiscalía General de Córdoba en su apelación ante la Corte Suprema de la Nación (CSN).
De esta forma, el organismo rechazó lo dictaminado por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ), que consideró inconstitucional el monto de la pena, estableciendo el mínimo en tres años.
Ahora con este fallo a favor de la postura de los fiscales provinciales, se espera la resolución definitiva de la Corte Suprema de la Nación.
El dictamen lleva la firma del Procurador General, Eduardo Casal.
"Encuentro manifiestamente infundada la afirmación de que la ausencia de una escala penal atenuada para los delitos de comercialización cuya persecución puede quedar a cargo de las jurisdicciones locales configuraría una “equivocación” del legislador nacional, y mucho menos una que fuese tan “clara” que pudiese acaso habilitar una declaración judicial de inconstitucionalidad", afirmó Casal en el fallo tras leer la apelación del TSJ.


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