
Toma en la UNC: repudian al procesamiento de 27 estudiantes
Redacción La NUEVA Mañana
Luego del procesamiento de 27 estudiantes por la toma del Pabellón Argentina de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC), distintas facultades manifestaron su repudio tras el fallo emitido la semana pasada por el juez federal Miguel Hugo Vaca Narvaja.
En ese sentido, desde la Facultad de Artes expresaron su rechazo a la decisión judicial y aseguraron que la medida estudiantil que se llevó adelante en 2018 fue en defensa de la educación pública, lucha que se inició con un paro de docentes universitarios y continuó con acciones como asambleas docentes, asambleas estudiantiles, interclaustros, marchas masivas, y clases públicas para visibilizar el conflicto nacional.
Por su parte, el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias de la Comunicación (FCC) también se expresó contra el procesamiento y declaró su preocupación por la defensa del derecho a la protesta.
“El Consejo Directivo de la FCC repudia la criminalización y la judicialización de la protesta y se pronuncia por la absolución de los estudiantes”, destacaron los representantes.
Vale recordar que el fallo se expresa en base al delito de "usurpación por despojo" y no implica prisión preventiva. En ese sentido, Vaca Narvaja entiende que se produjo una privación del uso y goce del predio, y sostiene que los imputados privaron a las autoridades, a los agentes de la Universidad, al concesionario del bar y al público en general, de la utilización de las instalaciones.
Asimismo, la resolución procesal que tiene una extensión de 45 páginas indica que “se ha acreditado con el grado de probabilidad que exige esta etapa del proceso, que los imputados recurrieron a la violencia y a las amenazas, tanto para ingresar al Pabellón Argentina como para mantenerse en el lugar”. “Se encuentra debidamente probado que ejercieron fuerza sobre los mecanismos de defensa predispuestos en el inmueble y destinados a impedir su ocupación”, agrega.
Por otra parte, el juez cuestionó la naturaleza de "protesta genuina". "Es indudable que en casos como el que aquí se examina, se plantea el problema de determinar hasta qué punto estamos en presencia del legítimo ejercicio de derechos constitucionales y en qué medida tal ejercicio entra en conflicto con las normas penales. Es postura de este Magistrado que el derecho de peticionar a las autoridades puede y debe ser ejercido con amplitud y que deben resguardarse con energía todas las garantías que aseguren su concreción", asevera.
"Es evidente que la conducta de los imputados que constituye el objeto de este proceso, resultó excesiva, desproporcionada en relación al fin perseguido e incluso se mantuvo cuando el conflicto había sido ya resuelto", concluye.
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