La Corte Suprema define este martes si los jubilados deben pagar Ganancias

Tratarán el caso García, considerado el más representativo del universo de jubilados sobre los que impactará su resolución. 

País 26/03/2019 Redacción La NUEVA Mañana Redacción La NUEVA Mañana
corte suprema de justicia
La Corte Suprema tratará este martes el caso García. Foto: archivo

La Corte Suprema definirá este martes si unos 200.000 jubilados y pensionados seguirán pagando o no el Impuesto a las Ganancias. En rigor, los cinco supremos tratarán la causa que inició María Isabel García en la Justicia federal de Concepción del Uruguay en 2015.

"Se discutirá si resulta constitucional la aplicación del Impuesto a las ganancias a los haberes jubilatorios y de pensión", señalaron los jueces. La Corte consideró al caso García como el más representativo del universo de jubilados sobre los que impactará su resolución

En un principio, el juzgado N° 2 declaró la inconstitucionalidad del cobro, pero la AFIP apeló. Dos años más tarde la Cámara Federal de Paraná confirmó la decisión al rechazar el planteo del organismo recaudador. Los camaristas determinaron que la jubilación "no constituye ganancia" y ordenó reembolsar lo descontado más intereses.

Para justificar el reembolso, los jueces de Entre Ríos que fallaron a favor de García sostuvieron que la jubilada ya había pagado Ganancias durante su vida activa. En desacuerdo con la medida, la agencia de recaudación volvió a apelar y así se llegó a la Corte. Si bien la sentencia se adoptará para García en particular, la definición se amplificará.

En 2015 unos 300.000 jubilados y pensionados estaban alcanzados por Ganancias. Los primeros cambios en el mínimo no imponible de Mauricio Macri excluyeron a la mitad. Pero con la última modificación del Impuesto en enero pasado, se incorporaron 47.600 nuevos tributarios. Hoy, son entre 170.000 y 200.000 los que pagan.

Hasta diciembre de 2018 el mínimo no imponible de seis haberes mínimos se aplicaba por recibo. Para estar alcanzado, un mayor tenía que recibir más de $ 55.854 mensuales de jubilación y/o de pensión, contabilizado por separado. Pero desde 2019, el mínimo se cuenta por beneficiario y se deben sumar los montos de los dos recibos para saber si está alcanzado. El nuevo tope para marzo, abril y mayo es de $ 62.462.

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