Tras la destitución de Makintach, presentaron pedidos de juicio político contra los otros integrantes del tribunal

El defensor de la enfermera Dahiana Gisela Madrid, una de las ocho acusadas por la muerte de Diego Armando Maradona, señaló que los magistrados Maximiliano Savarino y Verónica Di Tomasso tenían conocimiento del documental.
El representante de la acusación en el jury que se llevó a cabo en el Anexo de la Cámara de Senadores provincial, en 7 y 49 en La Plata, consideró que los implicados incurrieron “en causales de mal desempeño” durante el desarrollo del juicio por la muerte de Maradona. Foto: NA

El defensor de la enfermera Dahiana Gisela Madrid, una de las ocho acusadas por la muerte de Diego Armando Maradona, presentó dos pedidos de juicio político contra los magistrados Maximiliano Savarino y Verónica Di Tomasso. El abogado considera que los integrantes del tribunal que acompañaron a la destituida jueza Julieta Makintach, tenían conocimiento del documenta. 

El letrado Rodolfo Baqué radicó el pedido este martes ante la Secretaría de Enjuiciamiento del Jurado Permanente bonaerense. 

El representante de la acusación en el jury que se llevó a cabo en el Anexo de la Cámara de Senadores provincial, en 7 y 49 en La Plata, consideró que los implicados incurrieron “en causales de mal desempeño” durante el desarrollo del juicio por el presunto homicidio simple con dolo eventual del astro argentino.

“Concretamente, se detectó la presencia de un grupo de cuatro personas en el sector de prensa que no eran periodistas conocidos y que ingresaron con equipo de filmación (cámara, trípode, laptop y ‘anteojos espía’)”, resalta el escrito sobre las grabaciones que se tomaron el 11 de marzo pasado en el Tribunal Oral en lo Criminal número 3 de San Isidro.

Además, Baqué sostiene que Savarino negó la autorización para el ingreso de una cámara a la sala y remarca que ninguno de los señalados denunciaron las irregularidades generadas en el debate.

“Permitieron que la Makintach ocupe el rol de presidente del debate, cuando cumplía funciones de subrogancia”, agrega el documento.

En este contexto, las conductas de los miembros del TOC N°3 son compatibles con las descritas en en el artículo 21 de la ley 13.661 sobre la la “incompetencia o negligencia demostrada en el ejercicio de sus funciones, el incumplimiento de los deberes inherentes al cargo, la realización de hechos o desarrollo de actividades incompatibles con la dignidad y austeridad que el cargo judicial impone”.

Di Tomasso y Savarino habrían cometido “graves irregularidades en los procedimientos a su cargo o en los que hubiere intervenido”, al tiempo que “toda otra acción u omisión que implique defección de la buena conducta que exige la Constitución para el desempeño de la magistratura”.

Savarino había sido denunciado por supuesto falso testimonio agravado por Makintach tras comparecer en el jury.

Fuente: NA

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