Ratifican condena al "Tigre" Acosta por delitos sexuales cometidos durante el terrorismo de Estado

La Cámara Federal de Casación rechazó un recurso de la defensa y confirmó la condena a 24 años de prisión por violación, abuso deshonesto, privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos contra tres mujeres que estuvieron secuestradas en la ESMA.
El tribunal sostuvo que los delitos sexuales formaron parte del plan criminal del terrorismo de Estado. Foto: Télam

La sala II de la Cámara Federal de Casación Penal sostuvo que los delitos sexuales "surgen como parte del contexto del ataque sistemático a la población civil" desplegado durante el terrorismo de Estado y los incluyó en la categoría de crímenes de lesa humanidad, con la consecuente imprescriptibilidad.

El máximo tribunal penal tuvo ocasión de pronunciarse respecto de estos crímenes al rechazar el recurso del ex jefe de Inteligencia de la Unidad de Tareas 3.3.2 que operó en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), Jorge Eduardo Acosta, alias "el Tigre", y confirmar la condena a 24 años de prisión -que fue unificada con condenas anteriores en la pena única de prisión perpetua- por violación agravada reiterada, abuso deshonesto reiterado, privación ilegal de la libertad e imposición de tormentos que tuvieron como víctimas a tres prisioneras en la Escuela de Mecánica de la Armada (Esma).

El fallo de la sala II, firmado por Guillermo Jorge Yacobucci, Angela Ester Ledesma y Alejandro Walter Slokar, confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Oral Federal N°5 de la ciudad de Buenos Aires el 13 de agosto de 2021. En aquél pronunciamiento también fue condenado a 20 años de prisión el ex oficial de la Armada Alberto Eduardo González, alias "Gato", o "González Menotti", quien no recurrió la sentencia.

Durante aquel debate intervino el fiscal federal Leonardo Filippini junto a la auxiliar fiscal Marcela Obetko, como parte de la Unidad Fiscal que actúa en los procesos vinculados a crímenes en la ESMA, hoy a cargo del fiscal Félix Crous.

En concordancia con lo postulado por el Ministerio Público Fiscal y lo resuelto oportunamente por el tribunal oral, la Cámara Federal de Casación rechazó los planteos del defensor público oficial y dio por acreditada la materialidad de los hechos y la responsabilidad de Acosta.

“Independientemente de la existencia de una orden directa para su perpetración, surgen como parte del contexto del ataque sistemático a la población civil, de acuerdo a la política estatal del momento”, sostuvieron Yacobucci, Ledesma y Slokar sobre los delitos sexuales, y añadieron al respecto que "no se muestran como hechos aleatorios o aislados".

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