Otorgan adopción de adolescente pese a negativa del padre biológico

Así lo informó el Poder Judicial, que precisó que la resolución corresponde al juez Civil, Comercial, de Conciliación y Familia de Huinca Renancó.
“En un mundo de redes sociales, la distancia no resultaba un obstáculo”, indicó el juez. Foto: archivo

La Justicia de Córdoba resolvió otorgar la adopción "con efecto de plena" de una adolescente de 14 años, promovida por su "papá del corazón" con el consentimiento de la menor, sin dar lugar a la oposición del padre biológico por entender que "hubo falta de interés por mantener o restablecer una comunicación significativa con la niña".

Así lo informó el Poder Judicial, que precisó que la resolución corresponde al juez Civil, Comercial, de Conciliación y Familia de la localidad de Huinca Renancó, Lucas Ramiro Funes, a partir del pedido de adopción de la adolescente solicitado por su padrastro, AGCH, trámite al que dio conformidad su pareja (ABL), la madre biológica de la menor.

El pedido de adopción se había fundamentado en que el padre biológico de la adolescente (ASB) no se hizo cargo de ella, ya que a los pocos meses de su nacimiento, en 2009, dejó de tener comunicación y contacto, y tampoco aportaba la cuota alimentaria.

Sin embargo, el progenitor ASB, a través del patrocinio de su abogado, rechazó esos argumentos y planteó su oposición a la adopción, al sostener que “la distancia y la falta de colaboración de la madre le impidieron tener un vínculo fluido” con su hija.

Al valorar los elementos de pruebas de todas las partes, el juez Funes entendió que “hubo falta de interés del padre biológico por mantener o restablecer una comunicación significativa con la niña”.

“En un mundo de redes sociales, la distancia no resultaba un obstáculo”, indicó el juez y agregó que ASB se había concentrado más en “impedir la adopción que en acercarse verdaderamente a su hija”.

En ese contexto, en la resolución ordena que la adolescente sea inscripta con el apellido del adoptante en lugar del que le había dado su padre biológico, al concluir que el adoptante convive con ella desde los tres años y, desde entonces, “ha desempeñado el rol de padre, brindándole contención emocional y sustento económico”.

Agrega que la chica se encuentra “totalmente integrada a la familia extendida del adoptante como nieta y sobrina”.

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