Ale Flores: condenaron a la Provincia y a los policías que lo atropellaron

El niño tenía 5 años en 1991. Dos efectivos lo atropellaron y ocultaron su cuerpo. La Provincia y los agentes deberán indemnizar a la familia.
Los dos policías no informaron que lo habían atropellado, ni llevaron al nene a un centro de salud. Lo escondieron. Foto: gentileza.

La Justicia condenó a la Provincia de Córdoba a pagar una indemnización por daño moral al padre de Alejandro Flores, quien murió el 16 de marzo de 1991, en Río Cuarto, cuando tenía cinco años, luego de ser atropellado por dos policías que escondieron su cuerpo durante 20 años.

El nene desapareció en medio de una intensa tormenta y un centenar de vecinos lo buscó sin ningún tipo de resultado. Recién en 2008 su familia pudo reencontrarse con los restos del pequeño, hallados en un sitio baldío,

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de 2a. Nominación de Río Cuarto condenó también a los dos ex policías, Mario Luis Gaumet y Gustavo Javier Funez, quienes atropellaron al nene y en vez de comunicar lo sucedido a sus superiores y trasladarlo para que recibiera atención médica, escondieron su cuerpo por dos décadas.

El monto indemnizatorio aproximado asciende en la actualidad a 39 millones de pesos. Asimismo, se fijó una tasa de interés equivalente a la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina más el 4% mensual. desde noviembre de 2022. Para la determinación del daño moral ocasionado al padre de la víctima, el tribunal tomó en cuenta especialmente las circunstancias “traumáticas, crueles, dolorosas e inesperadas” que este vivenció.

Según la investigación penal desarrollada para determinar la verdad histórica de los hechos (el delito ya estaba prescripto cuando encontraron los restos), el niño murió como consecuencia de las lesiones sufridas en un accidente automovilístico protagonizado por los uniformados.

Para la Justicia la Provincia fue responsable

Entre otras consideraciones, el tribunal rechazó la excepción de prescripción planteada por la Provincia por entender que este plazo debe computarse recién desde la fecha en que fueron encontrados los restos de la víctima y no cuando se produjo el accidente automovilístico. Asimismo, el tribunal –integrado por los vocales José María Herrán, Carlos Lescano Zurro y Fernanda Bentancourt- confirmó la responsabilidad civil de la Provincia en tanto que los agentes Gaumet y Funes pertenecían a la Policía de Córdoba al momento de cometer el hecho. 

Resulta indudable la responsabilidad que corresponde atribuir a la Provincia de Córdoba en el caso de autos, en donde se reclaman los daños causados por la muerte de un menor de edad -hijo del reclamante- con participación de dos agentes dependientes de la Policía provincial (…), máxime si tenemos en cuenta que los agentes policiales Mario Luis Gaumet y Gustavo Javier Funez se valieron de las circunstancias objetivas y subjetivas que les proporcionó su función de policías y del uso del vehículo de propiedad del Estado, para cometer el ilícito y luego ocultarlo", subrayó el camarista José María Herrán.

Asimismo, los camaristas reiteraron que, si bien el accidente que sufrió el niño fue la causa eficiente de las lesiones, no es menos cierto que luego de ocurrido, los codemandados Gaumet y Funes no comunicaron lo sucedido ni llevaron al niño para que recibiera la atención necesaria que “tal vez podría haber salvado su vida”.

Ambos policías nunca fueron detenidos, y aunque fueron imputados, al poco tiempo resultaron sobreseídos por prescripción y solicitaron el pase a retiro de la Policía, que les fue concedido. 

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