Elecciones en Formosa: el procurador opinó que la Corte no debe intervenir
Mientras que la oposición formoseña volvió a presentar un amparo ante el máximo tribunal solicitando que se suspenda el proceso eleccionario.
La Procuración General de la Nación opinó que la Corte Suprema de Justicia no debe intervenir en la discusión por la reelección del gobernador Gildo Insfrán en Formosa, mientras que la oposición en la provincia volvió a presentar una cautelar para pedir que se suspenda la elección prevista para el 25 de junio.
"Dada la índole taxativa de la competencia prevista en el artículo 117 de la Constitución Nacional y su imposibilidad de ser extendida por persona o poder alguno, opino que el proceso resulta ajeno al conocimiento del Tribunal", dijo el procurador interino, Eduardo Casal.
El procurador interino, que asumió cuando renunció la procuradora Alejandra Gils Carbó, mantuvo la misma postura que cuando fue convocado a emitir dictamen en casos similares en las provincias de Santiago del Estero, La Rioja, o recientemente por los comicios de Tucumán y San Juan.
Carbajal volvió a presentar un amparo
En cuanto a la oposición formoseña, el diputado nacional y candidato a gobernador por el frente Juntos por Formosa Libre Fernando Carbajal volvió a presentar un amparo ante el Máximo Tribunal, solicitando que se suspenda "el proceso eleccionario provincial, hasta tanto esta Corte se expida respecto de la cuestión de fondo", es decir, la constitucionalidad del artículo 132 de la Carta Magna provincial que permite la reelección indefinida del gobernador y el vice.
El lunes, Carbajal presentó el primer amparo en el que solicitó se declare la inconstitucionalidad del artículo 132, para lograr así que no compita el actual gobernador, el peronista Gildo Insfrán, quien ejerce el cargo desde 1995.
Ese artículo prescribe que "el gobernador y el vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos y podrán ser reelectos".
Para la oposición formoseña esta redacción "constituye una clara contraposición al espíritu de la Constitución Nacional que, en sus artículos 1, 5 y 123 recepta para el pueblo de la Nación Argentina los principios Republicanos de Gobierno y temporalidad en el poder".
Carbajal representa un frente de dirigentes del PRO, el radicalismo, peronistas disidentes y otros sectores encolumnados tras el rechazo a la figura del gobernador.
Antes de que se conociera el amparo contra su reelección, Insfrán dijo en un acto de inauguración de obras en la localidad de Palo Santo, que "nuestra Constitución dice que el mandato del gobernador y el del vice duran cuatro años y se pueden reelegir. En Formosa es el pueblo el que decide la alternancia".
Para el gobernador, en los próximos comicios locales se libra "una lucha que es como la de unitarios contra federales" y anticipó que el oficialismo del Frente de Todos que encabeza en la provincia se impondrá en esa compulsa.
"Vamos a ganar porque Gildo Insfrán estará donde está la política. No necesita de ningún cargo para hablar con su pueblo y el peronismo en Formosa con sus aliados seguirán teniendo un conductor aunque le toque estar sentado en una plaza", subrayó.
En esa misma discusión intervino el jefe de los fiscales que volvió a insistir, como en anteriores temas electorales provinciales, que la Corte no tiene competencia y que el proceso "resulta ajeno" al ámbito del máximo tribunal.
Casal citó sus propios dictámenes en expedientes tramitados ante la Corte por conflictos en varias provincias en donde, terminó concluyendo, los cuatro integrantes de la Corte no deben intervenir.
Sin embargo, en el último párrafo de la sección resolutiva mencionó que la Corte, como "intérprete máximo" de la Constitución, podría "decidir la intervención procesal que considere pertinente".
Fuente: Télam
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