País29/12/2020

Afip habilitó la inscripción a los créditos a tasa subsidiada y el Repro II

El beneficio de los Créditos a Tasa Subsidiada asiste a empresas en el pago de salarios. Las compañías que accedan contarán con un período de gracia de 3 meses.

El Repro II es incompatible con los Créditos a Tasa Subsidiada y el Salario Complementario. - Foto: Télam.

Entre este martes y el próximo viernes 8 de enero estará abierto el sistema para tramitar los Créditos a Tasa Subsidiada y el Repro II. De esa manera, podrán iniciar la solicitud aquellos empleadores registrados en el Programa ATP para el pago de los salarios de diciembre, a través de www.afip.gob.ar.

El beneficio de los Créditos a Tasa Subsidiada es una herramienta para asistir a las empresas en el pago de los salarios. Las compañías que accedan contarán con un período de gracia de 3 meses, de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con una tasa de interés fija en relación con la variación de la facturación. El monto teórico máximo del crédito será de 20.250 pesos por cada trabajador.

Por su parte, a través del Repro II el Estado Nacional otorga 9 mil pesos mensuales por cada relación laboral activa de la empresa beneficiaria.

En el caso que la remuneración neta percibida por el trabajador sea inferior a ese valor, el subsidio será igual a la remuneración neta.

La duración del beneficio para la empresa es de dos meses, pero una vez finalizado ese plazo, la empresa podrá volver a reinscribirse, presentando nuevamente la documentación y la información requerida.

El Repro II es incompatible con los Créditos a Tasa Subsidiada y el Salario Complementario, que -en este último caso- perciben los trabajadores de empresas consideradas "críticas".

Tanto los Créditos a Tasa Subsidiada como el Repro II son medidas que lanzó este año el Gobierno para mitigar los efectos de la pandemia y las medidas de aislamiento en la actividad laboral.

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