“Tuneó” un camión para esconder 200 kilos de cocaína: fue condenado
Nueve años de prisión para el miembro de una organización que había acondicionado un camión para comercializar cocaína. Dos cómplices habían sido condenados en 2018.
El Tribunal Oral Criminal Federal N° 1 de Córdoba condenó este martes a nueve años de prisión y al pago de una multa de sesenta unidades fijas al integrante de una organización dedicada al tráfico de estupefacientes. Jorge Barausse estaba acusado junto a otras dos personas -condenadas en 2018- de haber adquirido un camión y acondicionarlo para trasladar un cargamento de cocaína hasta la capital provincial para su posterior comercialización al por mayor, lo cual se tradujo jurídicamente en su condena en el delito de organizar y financiar el tráfico de estupefacientes.
En el debate intervino la Fiscalía N° 2 ante los Tribunales Orales, a cargo de Carlos Gonella, que había solicitado en su alegato una pena de diez años de prisión e idéntica multa a la finalmente impuesta.
Barausse llegó al juicio acusado de integrar, junto a Ariel Savioli y Fidel Adrián Cruz, una organización formada para transportar doscientos kilos de cocaína hasta Córdoba, con la finalidad de venderla en la capital provincial y en Río Cuarto, al por mayor. Para ello, habrían contactado a un proveedor del que se desconocen sus datos personales, y consiguieron moneda extranjera para concretar la operación y también adquirir un camión a nombre del hermano de uno de los imputados, para luego acondicionarlo y así ocultar la mercadería en su interior.
La causa se había originado en 2015, a raíz de un informe de la Gendarmería Nacional que puso en conocimiento de la justicia la existencia de una posible organización dedicada a la obtención de sulfato de cocaína (pasta base) en Salta y/o Jujuy para su posterior comercialización en Córdoba. De acuerdo a la información, esta banda estaba liderada por un hombre apodado “Diablo Cortez”, a la sazón Barausse. A partir de las tareas de investigación y escuchas telefónicas, en septiembre de 2016 se supo que los tres imputados habían comenzado a hablar entre sí para arreglar la compra de un camión mientras averiguaban sobre algún chapista de confianza que pudiera modificar su interior para disimular el cargamento.
Una vez adquirido el rodado, lo trasladaron a la localidad de Oncativo, para acondicionarlo, y Savioli y Barausse fueron vistos en un local de polarizados mientras intentaban darle al camión la apariencia de vehículo de auxilio. El 28 de enero de 2017, Cruz y los hermanos Savioli fueron detenidos en un control realizado por la Gendarmería Nacional sobre la Ruta Nacional 9. Al enterarse de esto, Barausse se profugó, aunque continuó asistiendo los fines de semana a los partidos de hockey de sus hijas, para ser finalmente detenido en el anexo de Córdoba Athletic Club a finales de abril de ese año.
En su alegato, Gonella buscó demostrar no sólo qué tipo de participación tuvo Barausse en el hecho, sino también su relación con la actividad de narcotráfico desde años anteriores. Así, repasó que, junto a su concuñado, apodado “Gato Daniel”, obtenían y transportaban estupefacientes para su comercialización, y que además Barausse había comenzado a adquirir dólares en el mercado negro en 2015. De hecho, en 2016 tanto él como Savioli habían sido demorados y, si bien no se les secuestró droga, se supo que Barausse no tenía documento personal ni papeles del auto en el que se trasladaban, y que usaba un nombre falso.
De esta manera el representante del Ministerio Público Fiscal buscó demostrar que Barausse no había oficiado de “puntero” en la ruta del camión, porque estaba sin papeles. No obstante su ausencia física durante el traslado de la droga, su relación con la maniobra quedó demostrada a partir del trabajo de investigación, que corroboró que se reunía y hablaba con el resto de los imputados, antes, durante y tras la operación.
Al momento de establecer una calificación legal, Gonella consideró que Barausse debía ser condenado como coautor de “organización de tráfico de estupefacientes”, el mismo delito por el cual Savioli y Cruz fueron condenados en el 2018. El representante del Ministerio Público Fiscal señaló como agravantes la naturaleza de la acción, el entramado de personas y jurisdicciones y las constantes maniobras ejecutadas para ocultarse, así como los cambios de celulares.
También destacó las alertas y violencia contra las fuerzas de seguridad, la cantidad y calidad de la sustancia secuestrada, su valor económico teniendo en cuenta el rendimiento luego del proceso de cocción y su conducta posterior al hecho, cuando dio órdenes para ocultar elementos de prueba. En la ponderación como atenuante que el acusado tiene a sus tres hijas menores a cargo, Gonella pidió entonces una pena de diez años de prisión y una multa equivalente a sesenta unidades fijas.
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