Córdoba13/10/2020

Rige la ampliación de zonas de desastre agropecuario en Córdoba

La Provincia oficializó la declaración para incorporar a la zona de desastre agropecuario a amplias superficies de distintos puntos de Córdoba, afectadas por los incendios.

El periodo de vigencia para esta declaración comprende desde el 1 de septiembre pasado hasta el 31 de agosto de 2021. - Foto: prensa Gobierno de Córdoba.

Este martes se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el Decreto N°710 firmado por el Ejecutivo, a partir del cual se declara en zona de desastre agropecuario amplias superficies de distintos puntos de Córdoba que se vieron afectadas por incendios.

Cabe destacar que este decreto es resultado de la propuesta elevada al gobernador Juan Schiaretti los primeros días de octubre por la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria que coordina el Ministerio de Agricultura y Ganadería. Como resultado del análisis de los datos recolectados, se presentó un informe para incluir unas 130 mil hectáreas afectadas por las llamas. Esto constituye una ampliación de lo decretado a fines de agosto pasado, cuando también se estableció como zonas de Desastre a regiones de Ischilín, Punilla y Colón.

El nuevo documento incluye zonas del norte del departamento Punilla y del departamento Cruz del Eje; también superficies de las Sierras del Sur cercanas a localidades como Las Albahacas y Alpa Corral; y zonas del Valle de Paravachasca, como Falda del Carmen y Bosque Alegre, entre otras. Para la delimitación de las áreas se utilizó el criterio de polígonos, en el marco de la implementación del Sistema de Información Territorial Cartográfica Digital Georeferenciada.

El principal alcance del Desastre Agropecuario es la exención en el pago del Impuesto Inmobiliario Rural; y una vez que desde Córdoba se presente en la cartera agropecuaria nacional la documentación, se homologará a ese nivel el estado de Desastre.

El periodo de vigencia para esta declaración comprende desde el 1 de septiembre pasado hasta el 31 de agosto de 2021, al tratarse en casi todos los casos de productores que se dedican a la ganadería, con la existencia de pequeños rodeos caprinos y bovinos, más allá de que el documento también incluye productores agrícolas, apícolas, frutihortícolas y forestales. El principal inconveniente es la pérdida de pasturas por efecto de las llamas, ante lo cual no tienen la posibilidad de alimentar a los animales.

En este sentido, y para que todos los productores afectados puedan realizar la tramitación de la Declaración Jurada de Daños, desde el Ministerio de Agricultura se llevan adelante operativos con equipos de Ciudadano Digital Móvil en los lugares de los incendios. Este trámite es indispensable para que el establecimiento pueda ser incluido en los beneficios que otorga la ley.

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