Córdoba29/06/2020

La ciudad y la provincia entran a la nueva fase de distanciamiento social

A través del Decreto 576/2020 publicado este lunes, se establece que todos los departamentos cordobeses pasan a la fase DISPO desde el 1 de julio próximo.
Desde el 1 de julio, Córdoba entra en el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio. Foto: Javier Imaz - LNM.

El Gobierno nacional, a través del Decreto 576/2020, determinó que la ciudad de Córdoba pase a la fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) a partir del 1 de julio y que todos los departamentos provinciales sean alcanzados por la disposición.

Junto con Bariloche y Trelew, y los municipios bonaerenses de Zárate, Campana, Brandsen, Exaltación de la Cruz y Cañuelas, la ciudad entrará a la nueva fase que implica mayores flexibilizaciones, Las mismas son analizadas por el Centro de Operaciones de Emergencia (COE).

Al respecto, el ministro de Salud provincial, Diego Cardozo, explicó a Mitre Córdoba que se pensarán "cada una de las actividades" en agenda.

"Hay actividades que nos preocupan por la cantidad de movimiento que generan. La gastronomía es un tema que lo venimos analizando. Pero siempre uno es precavido con el objetivo de que no se vaya a diseminar la patología. Otro de los temas es el trabajo doméstico. Queremos ver cómo ayudamos a esa gente. Los gimnasios es otra parte que nos falta poner en marcha. Esos son los rubros más grandes", destacó.

Se prevé que este miércoles se lleven adelante reuniones entre el COE y los asesores de la Provincia, para anunciar las nuevas flexibilizaciones amparadas por el decreto nacional.

Finalmente, Cardozo remarcó que el brote registrado en Villa Dolores "no está fuera de control" y ponderó el número de testeos realizados por millón de habitantes.

Disposiciones

El Decreto explica que el DISPO continuará en tanto los conglomerados "verifiquen en forma positiva los siguientes parámetros epidemiológicos y sanitarios":

1. El sistema de salud debe contar con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria.

2. El aglomerado urbano, departamento o partido no debe estar definido por la autoridad sanitaria nacional como aquellos que poseen “transmisión comunitaria” sostenida del virus SARS-CoV-2.

3. El tiempo de duplicación de casos confirmados de COVID-19 no debe ser inferior a QUINCE (15) días. No será necesario cumplimentar este requisito si, por la escasa o nula cantidad de casos, no puede realizarse el mencionado cálculo.

Cuando estos puntos no se cumplan, en esas ciudades o departamentos se volverá a la fase de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), que rige en AMBA, Chaco, el departamento de General Roca en Río Negro, Neuquén capital y sus ciudades vecinas de Plottier y Centenario.

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