El Ministerio de Trabajo de la Nación restringió las reuniones gremiales presenciales

La resolución 489 establece que se suspenden hasta el 30 de septiembre los procesos electorales sindicales, las asambleas y los congresos. Autoriza actos virtuales.

Están suspendidos los actos institucionales que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas. - Foto: ilustrativa

El Ministerio de Trabajo de la Nación dispuso a través de la resolución 489, normas que restringen las reuniones gremiales, debido a la cuarentena sanitaria por la pandemia de coronavirus, por lo que hasta el 30 de septiembre próximo estarán suspendidos los procesos electorales gremiales.

Asimismo, se suspenden las asambleas como los congresos, ordinarios o extraordinarios, y todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas, de todas las asociaciones sindicales".

La resolución aclara que "los actos institucionales emanados de los órganos directivos de las asociaciones sindicales, necesarios para el normal cumplimiento de la organización sindical, podrán materializarse de manera virtual, por cualquiera de las plataformas utilizables a tal efecto, debiendo los intervinientes suscribir los registros correspondientes una vez finalizado el plazo de vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio (ASPO) ".

La normativa establece que la renovación de autoridades, se prorrogan "por 180 días a partir del 30 septiembre de 2020 los mandatos de los miembros de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos de las asociaciones sindicales".

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