Las ART cubrirán los casos de coronavirus contagiados en el trabajo
Lo anunció la Unión de Administradoras de Riesgos del Trabajo y será previa verificación de la causa de la enfermedad. Alivio para los trabajadores de los rubros esenciales.
El amplio espectro de trabajadores de los rubros considerados esenciales recibió este jueves una noticia significativa: si contraen coronavirus en su tarea cotidiana, tendrán cobertura de la ART correspondiente. Así lo informó la Unión de Administradoras de Riesgos del Trabajo (UART), que confirmó que responderán en los casos de denuncias de trabajadores afectados por el coronavirus, siempre y cuando se verifique que la enfermedad se contrajo por causa directa e inmediata de la ejecución del trabajo.
La aclaración surgió dado que el Covid-19 no integra el listado de las enfermedades profesionales. Cabe indicar que todas las patologías que están fuera del listado deben ser evaluadas por la Comisión Médica Central, que determina si la afección o el contagio tuvieron relación con el trabajo desempeñado, en cuyo caso debe ser cubierto por la respectiva ART.
La aclaración de la UART apunta a despejar la situación de quienes están desempeñando tareas esenciales en el marco de la pandemia, como enfermeros, médicos, pilotos, colectiveros o trabajadores de aquellos rubros que han sido declarados esenciales por el Gobierno Nacional.
El escrito difundido este jueves por la asociación recalcó el "compromiso de acompañar a empleadores y trabajadores asegurados" en este contexto y que "las medidas preventivas son primordiales para contener la propagación del virus Covid-19 y disminuir los riesgos de contagio".
No obstante, la entidad precisó que la atención de todas las personas que puedan resultar afectadas por el virus se encuentra centralizada y coordinada por el Estado y la Salud Pública, en conjunto con los efectores de salud del sector público y privado.
"Estamos frente a una pandemia declarada como tal por la OMS y reconocida por el Estado Nacional, ello hace que se trate de una situación de excepción para todos los sistemas de cobertura de seguros, especialmente para los obligatorios y universales, como define la ley 24.557", indicó la entidad.
"En este sentido, las ART como operadoras de ese sistema legal se deben ceñir a lo regulado por la norma" continuó, y concluyó que tomarán "las medidas necesarias a los fines de responder a las inquietudes de los asegurados, las que se irán adecuando a las normativas que en el futuro se puedan dictar para regular esta particular situación".
Fuente: Télam
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