La Corte confirmó que el juicio contra CFK comienza el martes

A través de un comunicado, el máximo tribunal garantizó el comienzo de las audiencias. “Dicho pedido no suspende el juicio”.

El máximo tribunal aseguró que el pedido del expediente para analizar los recursos presentados por las defensas no interrumpe las audiencias. - Foto: NA

La Corte Suprema de Justicia confirmó este jueves que el juicio contra Cristina Fernández arrancará el próximo martes, tal como estaba previsto.

A través de un comunicado, el máximo tribunal aseguró que el pedido del expediente para analizar los recursos presentados por las defensas no interrumpe las audiencias.

"Dicho pedido no suspende el juicio oral en trámite, ni hubo decisión alguna del Tribunal Oral en ese sentido. La medida es al solo efecto de examinar la causa que, una vez extraídas y certificadas las copias pertinentes, será devuelta al tribunal, en tiempo oportuno", expresa el texto.

Además, aseguran que los integrantes de la Corte tomaron la decisión de pedir el expediente y analizarlo para evitar que, tras finalizar el juicio oral, quede nulo: "Se evitará reincidir en anteriores experiencias jurisdiccionales en las que por no haber ejercido un control oportuno, los procesos llevados adelante culminaron nulificandose por deficiencias procesales no atendidas en su debido momento, generando desconfianza en la sociedad".

Según fuentes judiciales, la Corte fotocopiará el expediente que este jueves le envió el TOF2que debe juzgar a  la ex Presidenta, "en su formato original para que todo siga como estaba estipulado". Además, desde el TOF 2 dijeron que está todo listo para que arranquen las audiencias. 

En el comunicado que emitió la Corte, que consta de 10 puntos, dicen que "ante la difusión de diversas informaciones vinculadas al expediente mencionado, que no tienen ninguna relación con los hechos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación aclara".

Asimismo, aseguran que existe ante el Tribunal, además de la causa de referencia, un total de "ocho recursos más que fueron deducidos por las partes en el marco de la causa principal"

Y se explayan: "El paso jurídicamente correcto fue solicitar los incidentes de la Cámara Federal de Casación Penal al Tribunal Oral Federal interviniente, que fueron recibidos por el Tribunal en fecha 17 de abril de 2019. Que de la lectura de dichos legajos no surgieron elementos suficientes para poder resolver los planteos de las partes. Que, en función de ello se solicitó con carácter de urgente el expediente principal al Tribunal Oral, medida ésta dispuesta por esta Corte Suprema".  

Los magistrados también aseguran que la medida es habitual y que fue utilizada en otros expedientes. Esa aclaración la hacen por el revuelo que se desató tras la medida de la Corte y que podía retrasar el juicio. Incluso el miércoles, el presidente Mauricio Macri y varios funcionarios hablaron de "impunidad" y por la noche hubo un cacerolazo en repudio a la decisión del máximo tribunal, lo cual fue denunciado por el abogado de Cristina Fernández, Carlos Beraldi, como una operación del Gobierno nacional.

El punto siete del comunicado es el más firme y el que aclara que la solicitud del expediente no demora el inicio del jucio oral en trámite "ni hubo decisión alguna del Tribunal Oral en ese sentido". 

"La medida es al sólo efecto de examinar la causa que, una vez extraídas y certificadas las copias pertinentes, será devuelta a dicho tribunal, en tiempo oportuno", aclaran los jueces de la Corte.

En la noche del martes, y de manera sorpresiva, la Corte le pidió al TOF2 todo el expediente de la obra de Vialidad para analizar los recursos de queja de las defensas. Eran nueve en total, dos de los cuales correspondían a la ex Presidenta.  

A continuación el comunicado completo:

Comunicado de la Corte Suprema de Justicia
 
Recurso de hecho deducido por Cristina Elisabet Fernandez de Kirchner en la causa 5048/2016 recurso queja número 1 - incidente número 1 - imputado: Fernández de Kirchner Cristina Elisabet s/ incidente de recurso extraordinario.
 
Que, ante la difusión de diversas informaciones vinculadas al expediente mencionado, que no tienen ninguna relación con los hechos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación aclara:
 
1. Que existen ante el Tribunal, además de la causa de referencia, un total de ocho recursos más que fueron deducidos por las partes en el marco de la causa principal 5048/2016, todos ellos en trámite,
 
2. Que el paso jurídicamente correcto fue solicitar los incidentes de la Cámara Federal de Casación Penal al Tribunal Oral Federal interviniente, que fueron recibidos por el Tribunal en fecha 17 de abril de 2019,
 
3. Que de la lectura de dichos legajos no surgieron elementos suficientes para poder resolver los planteos de las partes,
 
4. Que, en función de ello se solicitó con carácter de urgente el expediente principal al Tribunal Oral, medida ésta dispuesta por esta Corte Suprema,
 
5. Que esta medida es habitual en la Corte y ha sido adoptada en numerosas oportunidades,
 
6. Que esa decisión no tiene firma alguna de los ministros ni disidencias, y se concreta con la sola firma del secretario, tal como es de estilo y como fuera oportunamente publicado en el Centro de Información Judicial, 
 
7. Que el pedido de autos solicitados por esta Corte no suspende el juicio oral en trámite, ni hubo decisión alguna del Tribunal Oral en ese sentido. La medida es al sólo efecto de examinar la causa que, una vez extraídas y certificadas las copias pertinentes, será devuelta a dicho tribunal, en tiempo oportuno,
 
8. Que en el contexto actual de las causas mencionadas podrán satisfacerse simultáneamente por un lado la necesidad de que los procesos judiciales en temas tan delicados avancen, y por el otro, el respeto del derecho de defensa de los imputados.   
 
9. Que de este modo se evitará reincidir en anteriores experiencias jurisdiccionales en las que por no haber ejercido un control oportuno los procesos llevados adelante culminaron nulificándose por deficiencias procesales no atendidas en su debido momento, generando desconfianza en la sociedad. 
 
10. Que la Corte debe cumplir con su misión de guardián de las garantías constitucionales que corresponden a todos los ciudadanos por igual, examinando el correcto cumplimiento del debido proceso conforme lo disponen la Constitución Nacional y las leyes dictadas en su consecuencia.

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