"Cayó porque fue golpeado violentamente en su intento desesperado por huir"

La Cámara Criminal Nº 12 dio a conocer este jueves los fundamentos del fallo que condenó a los responsables por la muerte de Emanuel Balbo.

La sentencia descartó que Balbo se haya caído al pasar sobre el "para-avalanchas", con intención de "descolgarse" de él. - Foto: archivo
El principal acusado fue Oscar Gómez, por haber sido instigador del homicidio agravado del joven. - Foto: La Nueva Mañana

Finalmente este jueves, la Cámara en lo Criminal y Correccional de 12° Nominación de Córdoba dio a conocer los fundamentos del fallo que condenó a los responsables por la muerte de Emanuel Balbo. El principal acusado fue Oscar Gómez, quien recibió una pena de 15 años de prisión por haber sido instigador del homicidio agravado del joven durante un partido de fútbol en el estadio Kempes.

"Gómez determinó de manera directa y con clara intención a un colectivo de personas –sabiendo que así reaccionarían- a un comportamiento violento entre cuyas posibles consecuencias se encontraba la muerte del agredido", afirmó el tribunal. Y agregó: "Cayó porque fue golpeado violentamente en su intento desesperado por huir".

Durante el juicio se comprobó que Gómez indicó públicamente y a viva voz que Balbo era un "hincha de Talleres", un "infiltrado", en una tribuna ocupada por simpatizantes de Belgrano, lo que inició una serie de agresiones hacia el joven y que 48 segundos después concluyó con la caída de la víctima y el traumatismo cráneo encefálico que a la postre determinara su muerte.

La Cámara en lo Criminal y Correccional de 12° Nominación expresó que los comportamientos que tuvieron lugar en la tribuna Willington, el domingo 15 de abril de 2017, durante la disputa del partido entre los clubes Belgrano y Talleres, "parecen formar parte de una ‘locura colectiva’, de una ‘narcosis no inducida químicamente’, que afecta el comportamiento y los frenos inhibitorios y que todas las frustraciones, la violencia y el desenfreno tienen la oportunidad de liberarse para manifestarse contra un objetivo simbólico".

En este sentido, la sentencia descartó que Balbo se haya caído al pasar sobre el "para-avalanchas", con intención de "descolgarse" de él, como alegaron algunos abogados defensores. "Cayó porque fue golpeado violentamente, desequilibrado e impulsado, modificado en su trayectoria, en su intento desesperado por huir. Y el golpe mortal fue producto de ello", expresó la cámara.

El fallo asegura que los imputados Martín Darío Vergara (condenado a 11 años y 7 meses de prisión) y Matías Ezequiel Oliva Molina (condenado a 10 años y 8 meses de prisión) "pudieron anticipar un posible resultado mortal, pues la notable violencia con la que actuaron contra Balbo consistía en arrojarlo desde una altura mayor a cuatro metros, con furia e impulso". "No es posible aceptar que no previeron que un resultado posible era su muerte", enfatizó la resolución. 

"Una reacción violenta generalizada, en ese contexto, es incontrolable y ninguno de los aportantes puede alegar que no sabía que el episodio podía ‘terminar de cualquier manera’ incluso en la muerte del agredido", concluyó el tribunal.

Hurto calamitoso

En cuanto a la situación del imputado Hugo Acevedo, que sustrajo las zapatillas de Balbo cuando yacía malherido en las escaleras del estadio, el tribunal encuadró esa conducta en el delito de hurto calamitoso, previsto en el artículo 163, inciso 2° del Código Penal.

"Acevedo desapoderó a Balbo de las zapatillas que llevaba puestas, sin derecho a hacerlo y con conciencia y voluntad de así actuar, aprovechándose de las facilidades provenientes de la conmoción pública y del infortunio particular en el que la víctima se encontraba, cuando estaba inconsciente y mortalmente herida", manifestó el tribunal. Por esta razón, fue condenado por el delito de hurto calamitoso a dos años de prisión de cumplimiento efectivo, que deberá comenzar a cumplir una vez firme la sentencia.

Absolución

En cuando a la situación del imputado Cristian Oliva Molina, el tribunal consideró que "no es posible sostener, al menos con certeza, que el acusado haya realizado concretamente algún aporte para que el resultado mortal tuviera lugar y, por lo tanto la hipótesis acusatoria no puede ser tenida por acreditada".

Los camaristas señalaron que Oliva Molina "no tocó en algún momento a Emanuel Balbo"; sino que, por el contrario, sus movimientos y desplazamientos tuvieron por intención impedir la actuación de su hijo Matías Ezequiel Oliva. Por esa razón, dispusieron su absolución.

La sentencia también dispone la condena a 7 años y dos meses de prisión contra los imputados Pablo Robledo y Yamil Salas por el delito de homicidio agravado por haber sido cometido en ocasión de un espectáculo deportivo, en calidad de partícipes no necesarios.

Nota relacionada:

Crimen de Emanuel Balbo: condenaron a 15 años de prisión a "Sapito" Gómez

Te puede interesar

Campaña solidaria de la CGT, las CTA y la UTEP: “La única necesidad y urgencia es el hambre”

El plenario de las centrales obreras realizado el pasado jueves, dispuso sumarse a las acciones para reunir artículos de primera necesidad y alimentos no perecederos. La campaña inicia este viernes 16, a las 12, en la Casa Histórica del Movimiento Obrero.

Así es el esquema de servicios en la ciudad de Córdoba para los feriados de Carnaval

Desde el Palacio 6 de Julio se informó cómo funcionarán el transporte público, la recolección de residuos, el estacionamiento medido, los cementerios y demás servicios municipales con motivo del feriado del lunes 12 y martes 13 de febrero.

Cooperativas de trabajo de la provincia realizaron una asamblea en Plaza San Martín

A pesar de la lluvia, un nutrido grupo de cooperativistas, provenientes de distintos puntos del territorio provincial, se dio cita para discutir sobre los reclamos que vienen planteando al Ministerio de Cooperativas y Mutuales, en el marco de la difícil situación que atraviesa el sector.

Inicia este miércoles el 14º juicio por delitos de lesa humanidad en Córdoba

El Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF2) de Córdoba da inicio al proceso donde se juzgará el accionar de integrantes de fuerzas de seguridad durante el terrorismo de Estado por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada e Imposición de tormentos agravados; homicidio calificado, prevaricato de auxiliares de la Justicia y apropiación de un menor de 10 años en la causa "Adela María González y otros".

Manuel Calvo recibió a miembros de la Fundación Manos Abiertas

La ONG brinda ayuda a personas en situación de soledad y vulnerabilidad. Todo el trabajo es realizado por voluntarios que ya tiene presencia en distintas regiones del país.

Falleció un joven que estaba internado, tras chocar en medio de una persecución policial

Con 15 años, su deceso se produjo este lunes en el Hospital Tránsito Cáceres de Allende. El domingo pasado había sido internado en calidad de aprehendido, tras evadir un control preventivo y colisionar contra un móvil policial.