Córdoba 31/10/2018

Ordenan la restitución internacional de dos niñas argentinas a Nueva Zelanda

El juez en lo Civil de 1° Nominación de Villa Carlos Paz, Andrés Olcese sostuvo que su traslado al país junto a su madre había sido ilícito. El fallo aún no está firme.

El magistrado le impuso a la madre que adopte todas las medidas necesarias para acompañar a sus hijas de regreso a Nueva Zelanda. - Foto: Carlos Paz Vivo.

El juez en lo Civil, Comercial, Conciliación y de Familia de 1° Nominación de la ciudad de Carlos Paz, Andrés Olcese, ordenó la inmediata restitución de dos niñas argentinas a Nueva Zelanda.

La solicitud de restitución internacional de las niñas fue articulada por su padre a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina, con fundamento en que el traslado llevado a cabo por la madre había sido ilícito.

El juez Olcese se comprometió a asegurar la inmediata restitución de las niñas y a velar para que los derechos de custodia y visita vigentes en uno de los Estados se respeten en los demás. 

Si bien la madre adujo que Nueva Zelanda no era el lugar de residencia habitual de sus hijas, sino que el viaje a ese país tenía por objeto conocer y permanecer como turistas, el magistrado tuvo por acreditado que en aquel país se constituyó el centro de vida de las niñas, es decir, el lugar donde las niñas se encontraban integradas.

El magistrado aseguró que se había demostrado que las niñas fueron escolarizadas en una institución estatal, que sus padres alquilaron una vivienda, compraron un vehículo, obtuvieron trabajo e, incluso, contrataron un servicio de internet. Todo ello llevó al juez Olcese “al convencimiento de que la decisión de los progenitores ha sido la de radicarse en el país oceánico, al menos por un tiempo prolongado”.

El magistrado le impuso a la madre que adopte todas las medidas necesarias para acompañar a sus hijas de regreso a Nueva Zelanda. Esto, con el fin de evitar cualquier desarraigo materno de las niñas y brindarles una mejor y más adecuada contención.

La decisión jurisdiccional de primera instancia todavía no se encuentra firme.

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