País18/10/2018

Ordenan crear un cupo de choferes mujeres en tres empresas de Buenos Aires

La medida se da luego de un amparo individual y colectivo iniciado por Érica Borda, a quien se le había negado el puesto de conductora de ómnibus por cuestiones de género.
El cupo femenino en tres empresas de transporte urbano de Buenos Aires será del 30%. Foto: archivo (NA).

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo ordenó a tres empresas de transporte urbano de corta distancia de Capital Federal a crear un cupo femenino del 30% de la planta existente para "revertir la segregación por razón de género".

De esta manera, según publica Página 12, la Justicia laboral obliga a "dejar atrás la inicua e intolerable desigualdad producida por la discriminación de género", luego del amparo individual y colectivo iniciado por Érica Borda, a quien se le había negado el puesto de conductora de ómnibus.

Según el juzgado nacional del Trabajo Nº 50, a Borda se le negó el puesto laboral por condiciones de género, ordenando que las empresas adopten de medidas positivas que fueron rechazadas. En ese sentido Defensoría General de la Nación (DGN), como patrocinante de la causa, decidió apelar ante la Cámara.

"La adopción de acciones positivas para revertir la segregación por razón de género, implica el ejercicio por parte de los Estados de un ‘deber especial’ de protección con respecto a actuaciones y prácticas de terceros que, bajo su tolerancia o aquiescencia, creen, mantengan o favorezcan situaciones discriminatorias", afirmó la jueza Graciela González, en el fallo que fue acompañado por juez Miguel Ángel Pirolo, y en el que ratificaron como probada la exclusión de hecho de las mujeres como choferes de colectivo.

El fallo de la Cámara, rubricado el 11 de octubre pasado, tenía un antecedente en la Corte Suprema conocido como el "caso Sisnero". El máximo tribunal, en mayo de 2014, se pronunció en favor de un amparo individual y colectivo que cuestionaba las políticas de contratación de una empresa de colectivo de Salta, que rechazaba incorporar mujeres en su plantel.

Los supremos habían reconocido en aquel fallo "el derecho constitucional de las mujeres en general, y de la actora en particular, a elegir libremente una profesión o empleo y a no ser discriminadas en el proceso de selección, en el caso, a los fines de acceder a un empleo como conductora de colectivos".

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