La Legislatura modificó la Ley que regula el sistema de pasantías educativas
Los cambios adaptan la normativa al régimen del trabajo infantil y la protección del trabajo adolescente, principalmente la edad de incorporación al sistema.
En el marco de la sesión de la Unicameral cordobesa, este miércoles parlamentarios de diferentes bloques políticos aprobaron el Proyecto de Ley N° 21401, el cual modifica la Ley N° 8477, que refiere al Sistema de Pasantías Educativas. La votación tuvo 57 votos afirmativos, 3 votos negativos y ninguna abstención.
Según expresó el bloque Cambiemos-UCR, la propuesta en cuestión tiene por fin actualizar las disposiciones que en la provincia regulan al sistema de pasantías tenor de las sucesivas modificaciones que la normativa nacional ha experimentado en dicha materia.
La normativa en debate fue promulgada en 1996 durante el gobierno de Ramón Bautista Mestre. La misma pudo establecer por primera vez el sistema de pasantías voluntarias a realizarse tanto en entes y organismos del sector público como privado en la provincia de Córdoba.
"De esta forma se posibilitó que estudiantes y docentes realizaran practicas en los trayectos de la educación secundaria y superior de acuerdo a su interés y talento y bajo la organización y control de la institución educativa a la que pertenecen, apuntándose a la adquisición de capacidades y habilidades específicas, en entornos de trabajos que cumplimenten las normas de seguridad, higiene y salud", explicó la legisladora Elisa Caffaratti.
"Todos estos pilares de la norma original de pasantías quedan reflejados en este proyecto de ley, que tratamos, introduciendo adaptaciones al régimen del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente, especialmente en lo que atañe a la edad a partir de la cual un adolescente puede incorporarse al sistema de pasantías, y modificaciones en el lapso de tiempo y la carga horaria en la que los y las jóvenes pueden realizarlas", añadió la vicepresidenta primera de la Legislatura provincial.
Características
Entre las modificaciones, se destaca en su artículo 12, que para poder realizar una pasantía educativa, la edad mínima del pasante debe ser de 16 años cumplidos durante el año en que deba llevar a cabo la misma, o estar cursando uno de los tres últimos años del nivel secundario. Además, los alumnos que no hayan cumplido la mayoría de edad deben proveer autorización escrita de sus padres o tutores.
En tanto, en su artículo 13, explica que las pasantías tienen una duración mínima de dos meses y una máxima de 12 meses, con una carga horaria semanal de hasta 20 horas para todos los niveles. "Cumplido el plazo establecido, una vacante de pasantía educativa puede renovarse a favor del mismo pasante por hasta seis meses adicionales", señala la ley.
Asimismo, se precisa que la actividad del pasante se desarrollará únicamente en el lapso comprendido entre las 8 y las 18 horas, con por lo menos una pausa de 20 minutos cuando la actividad fuera de dos a cuatro horas, y de 40 minutos distribuidos en dos períodos de 20 minutos cuando fuere de más de cuatro horas diarias. De hecho, la actividad de los alumnos del nivel secundario no puede exceder esa carga de cuatro horas.
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