Ordenan restituirle a un jubilado débitos que superaban el 63% de su pensión

El banco deberá abstenerse de seguir efectuando descuentos automáticos por esos conceptos.
Córdoba16/06/2018Redacción La NUEVA MañanaRedacción La NUEVA Mañana

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Jubilados
Además, el banco deberá reprogramar el plan de pagos en cuotas que no superen el 20% del haber previsional. Foto: Archivo

Una importante entidad bancaria de Córdoba retuvo el 63% de los haberes de un jubilado que había solicitado un préstamo. Ahora deberá restituir los montos descontados porque la Justicia determinó que lo colocaba en “una situación de indigencia”. La pensión era el único ingreso para su supervivencia.

La resolución del Juzgado de Control, Niñez, Juventud, Penal Juvenil, Violencia Familiar y Faltas de Marcos Juárez establece que la entidad financiera deberá abstenerse de seguir efectuando descuentos automáticos por esos conceptos sobre la pensión depositada mensualmente por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), según informó el portal de la Justicia.

"Los derechos que podrían hacerse valer de las relaciones contractuales no pueden imponerse y estar por encima de los derechos fundamentales protegidos por los Tratados de Derechos Humanos y la Constitución Nacional. No obstante, estableció que, a los fines del cobro de sus créditos,la exigua pensión no contributiva otorgada por la ANSES no debía ser afectada para garantizar o cubrir el cumplimiento de las obligaciones de dar sumas de dinero, en los porcentajes mencionados por el amparista”, esgrimió el juez Manuel Roberto Trigos.

Además, el banco deberá reprogramar el plan de pagos en cuotas que no superen el 20% del haber previsional. Ese límite deberá contemplar los débitos automáticos vigentes por deudas que el pensionado mantiene con otros terceros.

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