Medida cautelar: la Justicia ordenó no recortar el haber de una jubilada docente municipal

En un primer fallo, la Cámara Contencioso Administrativa de 3ª Nominación había declarado inadmisible el planteo. Ahora dispuso la suspensión de cualquier reducción de haberes. Todo en medio del fuerte rechazo de los trabajadores públicos al aumento de aportes.
Córdoba01/01/2026Redacción La NUEVA MañanaRedacción La NUEVA Mañana

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Caja de Jubilaciones de Córdoba (gentileza)
La Cámara Contencioso Administrativa de Córdoba dictó una cautelar que frena la aplicación de la ley previsional promulgada por Llaryora. Foto ilustrativa: gentileza

Los últimos días del año llegaron con novedades respecto a la ley votada en la Legislatura de la Provincia (Ley 11.087, de "Equidad Jubilatoria”, que produce modificaciones en el sistema previsional, atento a la crisis que presenta, y que viene de larga data, la Caja de Jubilaciones de Córdoba, con un déficit previsto para 2026 de alrededor de 750.000 millones de pesos y el Gobierno nacional retaceando los fondos que debe proveer mensualmente para paliar el déficit mensual por tratarse de "Caja no transferida a la Nación"

Firmado por las vocales María Martha del Pilar Angeloz y María Eugenia Acuña, la Cámara Contencioso Administrativa de 3ª Nominación admitió una medida cautelar presentada por una jubilada docente municipal. Así, suspendió la aplicación de recortes sobre su haber jubilatorio, revirtiendo una medida que había adoptado primeramente rechazando el planteo. 

La cautelar se conoce en medio de un creciente malestar entre los gremios que representan a los trabajadores y trabajadoras de la administración pública provincial, que rechzan el nuevo aumneto en sus aportes con el fin de paliar el déficir de la Caja de Jubilaciones de la Provincia.

Estatales en Centro Civico by Uepc
Los gremios estatales en pie de guerra: el aumento de los aportes a la Caja de Jubilaciones es dursmente cuestionado por los más de 20 sindicatos que representan a los ytrabajadores y trabajadoras de la Provincia. Foto: dirigentes sindicales cuando concurrieron hace una semana atrás al Panal para plantear directamente sus demandas

Un fallo que revisó el anterior pronunciamiento

El fallo de la Cámara Contencioso Administrativa se conoció el pasado martes 30 de diciembre y seguramente tendrá fuerte repercusión en el Ejecutivo provincial. El gobierno de Martín Llaryora se había mostrado conforme con la sentencia anterior, de apenas una semana atrás, donde se rechazó el planteo. Y es que ahora el mismo tribunal ordenó a la Caja de Jubilaciones de la Provincia "que se abstenga de aplicar el artículo 2 de la Resolución 496 Letra D/2025 del Ministerio de Economía y Gestión Pública".

Cuando se reglamentó la norma votada en la Unicameral (Decreto 268 y Resolución 496 Letra D), la Cámara consideró que se incorporan otras cuestiones que pueden afectar el haber jubilatorio de la demandante. 

El abogado patrocinante de la jubilada municipal es Jorge Horacio Gentile. El profesional explicó a El Doce que el tribunal también ordenó una medida de no innovar para que la Caja de Jubilaciones no modifique ni reduzca el haber mientras se analiza el fondo de la cuestión.

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