Una medida cautelar obliga al PAMI a garantizar el 100% de prestaciones y medicamentos a sus afiliados

El Juzgado Federal número 2 de Mendoza, a cargo de Pablo Oscar Quirós, hizo lugar a una medida cautelar que había sido solicitada mediante un amparo colectivo, por personas y organizaciones de diversas provincias; entre ellas, Córdoba.

Córdoba19/05/2025Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana
Medicamentos para jubilados (gentileza)
Destacan que la decisión judicial implica un "paso fundamental para frenar el retroceso en materia de derechos, que implican las políticas desaprensivas y de ajuste del gobierno nacional". Foto: gentileza

La Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos de Córdoba informó que el Juzgado Federal número 2 de Mendoza, a cargo de Pablo Oscar Quirós, hizo lugar a una medida cautelar que había sido solicitada mediante un amparo colectivo para demandar al PAMI que garantice el 100% de la cobertura de las prestaciones y medicamentos a sus afiliados.

La medida dispuesta por Quirós fue efectivizada el viernes pasado y obliga a la obra social de jubilados y pensionados a ponerla en marcha en un plazo máximo de 48 horas. 

La acción de amparo fue promovida en diciembre de 2024 por la Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos, con el patrocinio de los abogados cordobeses Mabel Edith Sessa y Carlos Hugo Vicente; con la firma y acompañamiento de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), la Asociación Civil de Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas de Córdoba; la Asociación civil Foro Solidario Córdoba, la Unión Obrera Gráfica Cordobesa. 

Además, sumaron su presentación los afiliados al PAMI Gustavo Ignacio Tissera, Néstor Edgardo Anglada, Roberto Ernesto Chiavassa, Alcira Steinmetz y Alicia Beatriz Acin; los copresidentes de la APDH Regional Córdoba y el aporte científico de Oscar Atienza.

"Este pedido surgió a partir de la medida tomada por el Gobierno Nacional de recortar el acceso a la medicación gratuita para los afiliados al PAMI. Esto representa desde diciembre, una grave vulneración de un derecho básico fundamental como es el acceso a la salud para una gran parte de la población", indicaron desde la Mesa.

"Fue ante este escenario que, mediante la cautelar, se solicitó que se garantizara la continuidad de las prestaciones y coberturas de medicamentos a los afiliados y afiliadas al PAMI, y se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la normativa (Resolución 2024-2431 INSSJP-DE#INSSJP de fecha 22/08/2024 emitida por PAMI)", completaron.

Al respecto, señalaron que "luego de una gran cantidad de demoras en la Justicia Federal de Córdoba", en marzo la solicitud de amparo fue remitida, incorporada y vinculada al expediente FMZ 27196/202 (JUBYPEN MENDOZA -ASOCIACIÓN DE JUBILADOS y PENSIONADOS DE MENDOZA- y otros c/ INSSJP - PAMI s/ Amparo Colectivo), que además vinculó amparos colectivos idénticos, integrando la causa amparos de Mendoza, Tucumán, Salta y Córdoba, entre otros.

En este marco, finalmente, la Justicia Federal decidió hacer extensiva la medida cautelar y ordenó al PAMI que se anule la decisión de no cubrir el acceso a medicamentos y de todas las resoluciones, disposiciones complementarias, modificatorias y reglamentarias de la misma o las que en el futuro pongan en riesgo la cobertura médica de los jubilados, jubiladas y pensionados y pensionadas afiliados a dicha entidad.

Además, exige que el PAMI haga pública esta decisión en los medios de comunicación provinciales digitales de circulación masiva de Córdoba para que sus afiliados tomen efectivo conocimiento los afiliados; y asimismo, ordena que la cautelar comience a regir las 48 horas siguientes. 

La Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos de Córdoba celebra la decisión judicial como un "paso fundamental para frenar el retroceso en materia de derechos, que implican las políticas desaprensivas y de ajuste del gobierno nacional, que afectan los derechos más elementales como es la salud y la vida". 

Alertan que "la gente mayor, por su condición de tal, merece una protección especial, la que a su vez debe ser inmediata y actual (urgente); el acceso a la salud integral es un derecho humano consagrado en nuestra constitución, leyes especiales y en los tratados internacionales"; y sostienen que "este fallo es una respuesta contundente en protección de esos derechos".

Finalmente, subrayan que "este precedente judicial refuerza la esperanza de que los derechos adquiridos por el pueblo argentino a través de tantas luchas y sacrificios sigan siendo protegidos ante embestidas estatales regresivas".

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