Por carecer de registros, la Anmat prohibió la venta y consumo de una marca de aceite de oliva

Se trata del producto 'Olive Oil Extra Virgen, marca Quinta'. La prohibición rige para cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros y estar falsamente rotulado al utilizar números de RNE y RNPA inexistentes.

País15/05/2025Redacción La Nueva MañanaRedacción La Nueva Mañana
aceite de oliva
La Anmat indicó que se trata de "un producto ilegal" del que se desconocen sus condiciones de producción y por lo tanto es "potencialmente perjudicial para la salud de quienes lo consuman". Foto: ilustrativa

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este jueves la venta en todo el país de una marca de aceite de oliva. Así quedó plasmado en la Disposición 3149/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de la titular de ese organismo, Nélida Agustina Bisio.

Allí se dispuso la prohibición de "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto: 'Olive Oil Extra Virgen, marca Quinta' estación, RNE N° 13261475, RNPA N° 13619456, Origen de Mendoza".

La prohibición dispuesta por la Anmat este jueves rige para "cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al utilizar números de RNE y RNPA inexistentes".

Por estas razones, advirtió la Anmat, se trata de "un producto ilegal" del que se desconocen sus condiciones de producción y por lo tanto es potencialmente perjudicial para la salud de quienes lo consuman.

El organismo advirtió advirtió además que "por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18284".

Y adoptó esta medida "a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad".

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