
El Gobierno fijó unilateralmente el salario mínimo, vital y móvil en $302.600 a partir de abril
Redacción La Nueva Mañana


A través de la Resolución 5/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional fijó por decreto el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en $302.600. La medida alcanza a las trabajadoras y trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, Administración Pública Nacional y entidades del Estado empleadoras.
Cabe mencionar que días atrás, el Instituto de Estadísticas y Tendencias Sociales y Económicas (Ietse), del Centro de Almaceneros de Córdoba, reveló que en abril una familia cordobesa necesitó $1.421.088 para no caer en la pobreza: esto equivaldría a más de cuatro salarios mínimos.
El Gobierno también dispuso los montos mínimos y máximos de la prestación por desempleo, tras el fracaso de la mesa del Consejo del Salario Mínimo, que se reunió el pasado 29 de abril, en la cual el sector empresario se negó a atender las demandas de las entidades gremiales, para que los salarios permitieran recuperar poder adquisitivo, frente al incremento de la inflación.
Nuevos valores
* A partir del 1° de abril de 2025: $302.600 para trabajadores mensualizados a jornada completa y $1.513 por hora para trabajadores jornalizados.
* A partir del 1° de mayo de 2025: $308.200 para mensualizados y $1.541 por hora para jornalizados.
* A partir del 1° de junio de 2025: $313.400 para mensualizados y $1.567 por hora para jornalizados.
* A partir del 1° de julio de 2025: $317.800 para mensualizados y $1.589 por hora para jornalizados.
* A partir del 1° de agosto de 2025: $322.000 para mensualizados y $1.610 por hora para jornalizados.
Desempleo
En relación con la Prestación por Desempleo, la resolución establece que se mantendrá la fórmula fijada previamente. El monto será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los seis (6) meses anteriores al cese del contrato de trabajo.
Asimismo, se dispone que "en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al CIEN POR CIENTO 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente".
Fuente: NA
Noticias relacionadas:


Stellantis se mete en el mercado de autos eléctricos con dos nuevos modelos

Se derrumbaron las ventas de lácteos: la líder del sector sufrió una baja del 10%

Salario mínimo: el Gobierno dispuso un aumento de $60.400 divido en ocho meses

Pese al boom exportador, el atesoramiento de dólares continúa alto y preocupa

Cayó más de un 19% el patentamiento de 0km en agosto: el mercado ya acumula una baja de 13,3%


Cadena nacional: ante la pérdida de respaldo político, Milei reaviva la disputa por Malvinas

"Bienvenido Milei a la Causa Malvinas", ironizó Agustín Rossi sobre el discurso del Presidente

La Unicameral aprobó un plan para facilitarle a las familias la regularización de sus deudas

Sin novedades sobre el financiamiento, ratifican al director de presupuesto universitario

Circo en Escena, o el arte de emocionar a públicos de todas las edades








