
Establecen los requisitos para sumarse al Programa de Incremento Exportador
Redacción La Nueva Mañana
La Secretaría de Comercio de la Nación estableció los términos de los acuerdos de precios a suscribirse con los comercializadores o proveedores de mercaderías que pretendan adherirse al Programa de Incremento Exportador para economías regionales.
El objetivo es "garantizar el acceso por parte de los consumidores a diversos productos a un precio razonable", según la Resolución 466/2023 publicada este martes en el Boletín Oficial.
A los fines de manifestar su voluntad de adherir al Programa, los sujetos deberán dar de alta en el Administrador de Relaciones de la AFIP Sistema Interactivo del Portal de Autogestión del Ministerio de Economía, dentro del servicio de la Secretaría de Comercio.
Con posterioridad deberán también informar o acompañar lo requerido a través del Portal de Autogestión sobre Acuerdo de Precios de Comercio, de acuerdo con lo dispuesto.
La información cargada sobre Acuerdo de Precios revestirá el carácter de declaración jurada, mientras que la Subsecretaría de Políticas para el Mercado Interno analizará si el sujeto en cuestión cumple con los requisitos que establece la normativa que le resulte aplicable para suscribir los acuerdos de precios en los términos regulados por la nueva Resolución.
Esa Subsecretaría informará la categoría de exportador en que se encuentra comprendida la empresa en función de los siguientes parámetros:
- Categoría A: Comprende a los sujetos cuya facturación total de exportaciones no exceda el 30% de su facturación total, considerando el plazo de 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del Decreto N° 194 del 9 de abril de 2023, cuyas Declaraciones Juradas del IVA resulten exigibles al 9 de abril de 2023.
- Categoría B: comprende a los sujetos cuya facturación total de exportaciones quedare comprendida entre el 30% y el 50% de su facturación total, con el mismo plazo que la categoría anterior.
- Categoría C: comprende a los sujetos cuya facturación total de exportaciones quedare comprendida entre el 50% y 70% de su facturación total.
- Categoría D: sujetos cuya facturación total de exportaciones quedare comprendida entre el 70% de su facturación total.
Entre otros requisitos, la Secretaría de Comercio que los comercializadores que adhieran al Programa de Incremento Exportador deberán utilizar la señalética del Programa "Precios Justos".
Fuente: NA
Noticias relacionadas:


La despedida del Indio Solari será este sábado pero el lugar del velatorio no fue confirmado

La despedida del Indio será este domingo pero el lugar del velatorio no fue confirmado

En 2001 Córdoba vivió el último show de Patricio Rey y sus Redonditos de Ricota en el Chateau

Preadjudican la concesión de la Hidrovía a Jan de Nul - Servimagnus

La producción automotriz registró una baja del 21,5% interanual en mayo y las exportaciones cayeron un 4,2%

ARCA lanzó un plan especial de facilidades de pago para clínicas y sanatorios con internación

La OCDE reduce sus expectativas para la Argentina: prevé mayor inflación y menor crecimiento en 2026

El Gobierno modificó los procedimientos para el pago de Ganancias a beneficiarios del exterior

Por la guerra en Medio Oriente, el gasto en nafta para los argentinos aumentó $39.000 por mes



Procesan a tres investigadores de la Universidad de Río Cuarto por usar laboratorios para negocios privados

Caso Agostina: detienen a un hombre que habitó la casa de Barrelier y fue imputado por encubrimiento

A los 77 años murió el Indio Solari, ícono y pieza fundamental del rock argentino

Deudas: impiden al Banco de Córdoba debitarle más del 20% de sus haberes a una empleada

"Pensando en vos siempre": Córdoba se suma a la despedida del Indio con una "misa" en el Patio Olmos









