Confirman procesamiento por amenaza virtual a víctima de la dictadura

Por unanimidad, la Cámara Federal ratificó el fallo original contra un hombre que vía Facebook intimidó a una sobreviviente del genocidio argentino. El caso se dirimirá en un juicio.

Córdoba01/12/2020
facebook dos
Los mensajes intimidantes se compartieron vía la red virtual Facebook.Imagen ilustartiva.

La Cámara Federal de Apelaciones, integrada por los jueces Ignacio M. Vélez Funes, Eduardo Avalos y Graciela Montesi, resolvió este martes por unanimidad confirmar la resolución dictada con fecha 22 de julio del año 2020 por el Juzgado Federal N° 3 de Córdoba, en cuanto dispuso el procesamiento de Alfredo Aldo del Valle Vega como probable autor del delito de amenaza previsto por el art. 149 bis, 1° párrafo del Código Penal.

De acuerdo al expediente, al imputado Alfredo Aldo del Valle Vega se lo acusa de haber  insertado en el muro público de la red social Facebook  del usuario “ACIC” un mensaje intimidante destinado al usuario de la misma red social Graciela Mercedes D’Lucca.

Dicho mensaje, posteado  el día 8 de mayo de 2017,  expresaba  “Y DESPUES, TE ESCRACHAMOS EN TU CASA GRACIELA, POR TERRORISTA Y ATENTAR CONTRA EL GOBIERNO DE MACRI, TE TENEMOS EN LA LISTA DE LOS QUE TIRAN BOMBAS” y fue subido –de acuerdo al expediente- con el fin de infundir temor en la víctima,  como respuesta a una publicación previa efectuada por ella, en el mismo muro del usuario “ACIC”.

Por ese hecho Vega fue procesado como presunto autor del delito de amenazas (art. 149 bis 1° párrafo del CP), de conformidad a lo previsto por el art. 306 del C.P.P.N.) y la defensa interpuso recurso de apelación. Pero la Cámara no hizo lugar al pedido, y este martes confirmó el procesamiento, por fallo unánime.

En los fundamentos de la resolución, Vélez Funes dijo que el mensaje “anuncia un eventual escrache en la casa de la nombrada”, y que “el imputado le ha advertido que está incluida en “listas”, circunstancia que en el caso concreto tiene una nota de especial gravedad, dado que la víctima expresó que su marido fue víctima de la represión ilegal de la última dictadura militar”.

Ávalos  adhirió al voto del juez preopinante, y Montesi también suscribió la opinión y señaló “la gravedad de la situación plasmada que implica llevar la intolerancia a niveles inaceptables”.

Con este fallo, quedó abierta la vía para la próxima elevación del expediente a un juicio oral y público.

 

 

 

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