Anses: jubilados podrán nombrar a un apoderado para hacer trámites

La Administración Nacional de Seguridad Social dio a conocer qué deben hacer los jubilados y pensionados para designar a un apoderado.
País16/11/2018Redacción La NUEVA MañanaRedacción La NUEVA Mañana

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Jubilados y pensionados tienen la posibilidad de designar a un apoderado para hacer trámites en las oficinas de ANSES o cobrar sus haberes. Foto: archivo.

Desde la Administración Nacional de Seguridad Social, se dio a conocer que tanto jubilados como pensionados tienen la posibilidad de designar a un apoderado para hacer trámites en las oficinas de Anses o cobrar sus haberes previsionales.

En caso de tener que designar un apoderado para el cobro de los haberes, se deberá conceder un poder certificado ante escribano. El representante debe ser mayor de 18 años de edad (si es menor, deberá estar emancipado) y tendrá que registrarse en el sistema de identificación biométrica Mi Huella.

Puede tratarse de un familiar (esposo/a, padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, padrastros, suegros, hijastros, cuñados), tutores o curadores, abogados y gestores registrados en la Anses o representantes diplomáticos o consulares.

Se deberán presentar ante la Anses el titular y su apoderado (con DNI original y copia) y llevar el Formulario PS.6.4 Carta Poder firmado por ambos y con las firmas certificadas por autoridad competente, o bien, llevarlo sin firmar para hacerlo delante del agente de la Anses quién certificará las firmas.

El trámite de nombramiento del apoderado debe hacerse presencialmente en cualquier delegación de la Anses, previa solicitud de turno al teléfono gratuito 130, o bien, desde la página oficial, sección Accesos Rápidos, Turnos, Sacar turno y seleccionar Apoderado.

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