Villa Dolores: la niña embarazada de 11 años accedió al aborto legal

La intervención se practicó en la Maternidad Nacional. Transitaba su gestación como consecuencia de una violación.
La Maternidad Nacional garantizó este miércoles el aborto no punible a la niña de 11 años de Villa Dolores, embarazada por una violación. Foto: Archivo

La Maternidad Nacional de Córdoba garantizó este miércoles el aborto no punible a la niña de 11 años que había quedado embarazada como consecuencia de una violación en Villa Dolores.

Se trata de una de las excepciones contempladas en el Código Penal de la Nación para practicar la interrupción del embarazo. 

La nena había asistido a un hospital de Villa Dolores con fuertes dolores abdominales y allí los médicos constataron que estaba embarazada. Fue la madre quien solicitó que accediera a un aborto no punible, pedido al que la Justicia dio lugar. 

Pero la intervención se pudo concretar en ese nosocomio provincial porque en el ámbito de Córdoba no se garantizan los abortos no punibles a raíz del recurso de amparo que la fundación Portal de Belén interpuso para obstaculizar la práctica hace ya más de seis años obteniendo un fallo a favor en primera y segunda instancia.

Tras ser nuevamente apelada por el Gobierno provincial, que había diseñado un protocolo para aplicar en Córdoba, la causa recayó en el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que aún no emitió sentencia.

Por esta razón y como viene ocurriendo en los últimos años, la interrupción voluntaria del embarazo se realizó en la Maternidad Nacional, único ámbito en la provincia que aplica el fallo de la Corte Suprema de Justicia por el caso F.A.L.

Piden que el TSJ se expida

Cabe recordar que la niña había señalado en Cámara Gesell quién era su abusador y el hombre fue detenido e imputado por abuso sexual con acceso carnal agravado por su condición de guardador, ya que si bien no era su padre, la nena quedaba en algunas ocasiones bajo su cuidado.

"En este caso se podría haber aplicado la Guía de procedimientos para pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible. Estaban todas las condiciones para realizarse en el hospital de Villa Dolores pero desde que se presentó el amparo se genera confusión. Por eso, es muy importante que el TSJ se expida con urgencia porque va a dar garantía a los profesionales y a las mujeres en una práctica que es legal, que para nada debe penalizar ni a la mujer ni a los profesionales", dijo Rosario Vega, licenciada en Trabajo Social e integrante de la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir de Traslasierra, en diálogo con La Nueva Mañana

El aborto sigue siendo ilegal en Argentina, pero aún así se sigue practicando en forma clandestina.

Aunque un proyecto para legalizar la Interrupción Voluntaria del Embarazo había obtenido en agosto media sanción en Diputados, el Senado de la Nación rechazó por mayoría el proyecto .

Aún así, esta vigente y debe aplicarse el artículo 86 del Código Penal que habilita la práctica bajo dos causales: por correr peligro la vida o la salud de la mujer  -aborto terapéutico- y cuando el embarazo sea producto de una violación cometido sobre una mujer con discapacidad mental "idiota o demente" -aborto eugenésico-.

En tanto que la Corte Suprema de Justicia determinó en 2012 el Código Penal diciendo que no resulta punible la interrupción del embarazo proveniente de toda clase de violación y que cualquier caso de aborto no punible no está supeditado a trámite judicial

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