Con final abierto, Diputados debate la despenalización del aborto

Por primera vez en la historia de Argentina, el proyecto de Interrupción voluntaria del embarazo se vota en la Cámara Baja. El texto contó con 64 firmas a favor. La votación se mantiene muy reñida y se espera un final abierto.

La votación es seguida minuto a minuto por miles de personas en las afueras del Congreso. Foto: Gentileza.
Este miércoles por primera vez en la historia de Argentina la cámara de Diputados trata la despenalización y legalización del aborto. - Foto: Cámara de Diputados
El dictamen que llega al recinto tiene como base el proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito - Foto: gentileza.

Este miércoles 13 de junio es un día histórico: por primera vez el proyecto de Interrupción voluntaria del embarazo llegó a la Cámara de Diputados. La despenalización del aborto es uno de los temas más demandado por el movimiento de mujeres, lesbianas, travestis y trans. El texto a favor de la interrupción voluntaria del embarazo contó con 64 firmas, mientras que el proyecto presentado por la oposición, con 57.

El dictamen, que comenzó a ser debatido desde las 11 de hoy en el recinto podría extenderse entre 18 y 20 horas, tiene como base el proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. Recibió al menos cuatro modificaciones en busca de sumar mayores consensos y tentar a los legisladores aún indecisos.

Entre esos cambios se incorporó la objeción de conciencia, que habilitaría a los profesionales a ejercerla de manera individual pero no así a las instituciones de salud.

Otra de las modificaciones está vinculada al artículo que habilita a las adolescentes de entre 13 y 16 años a someterse a un aborto sin la autorización de sus padres, punto que quieren eliminar para que esa situación quede supeditada a lo dispuesto por el Código Civil y Comercial.


También se contempla el aborto después de la semana 14 en casos de "malformaciones fetales graves incompatibles con la vida extrauterina" y de violación, en los que bastaría una declaración jurada de la mujer para realizar la práctica, sin mediar intervención judicial.

Una última modificación consiste en poner a disposición de las mujeres que manifiesten voluntad de abortar la información necesaria para que tomen la decisión, que incluiría un período de reflexión obligatoria e incorporaría medidas para reforzar la educación sexual además de crear consejerías de atención integral a cargo de equipos interdisciplinarios para acompañar a la mujer antes y después de la interrupción del embarazo.

A lo largo de todo el país, miles mujeres se concentran para seguir de cerca el debate. Foto: Gentileza

El proyecto establece que "en ningún caso será punible el aborto practicado con el consentimiento de la mujer" y contempla penas que van de 3 a 10 años al que practique un aborto sin ese consentimiento, que se elevan a 15 años en caso de muerte de la paciente.

Otro punto clave es que se obliga a los hospitales públicos, prepagas, obras sociales sindicales, del Congreso, de las Fuerzas Armadas y PAMI a realizar la práctica médica del aborto.

Los principales puntos del proyecto

  • Se garantiza el derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo con el sólo requerimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive.
  • La mujer o persona gestante tiene derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en el sistema de salud en un plazo máximo de cinco días corridos desde su requerimiento.
  • Si se tratara de una adolescente, niña o persona gestante menor de 16 años, el procedimiento se debe realizar con su consentimiento informado y conforme lo dispuesto en el artículo 26 del Código Civil y Comercial, en concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley 26.061 y el artículo 7° de su decreto reglamentario 415/06.
  • Objeción de conciencia. El profesional de la salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción voluntaria del embarazo sólo puede eximirse de esta obligación cuando manifestare su objeción previamente, de manera individual y por escrito, y la comunicare a la máxima autoridad del establecimiento de salud al que pertenece.
  • Todos aquellos agentes y organizaciones que brinden servicios médico-asistenciales a sus afiliadas o beneficiarios independientemente de la figura jurídica que posean, deben incorporar la cobertura integral de la interrupción voluntaria del embarazo en todas las formas que la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda.

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