ARCA extendió el "alivio fiscal" para importaciones de bienes esenciales e insumos industriales

La exención del pago de percepciones impositivas a la importación se extendió hasta fin de año. El beneficio alcanza tanto al consumo masivo como a mipymes.
Mediante la Resolución General 5868/2026, el organismo extendió hasta el 31 de diciembre de 2026 la vigencia de estas medidas, que estaban previsto que venzan el 30 de junio. Foto ilustrativa: Télam

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó hasta fin de año los beneficios que exceptúan del pago de percepciones impositivas a la importación de productos de primera necesidad e insumos para pequeñas y medianas empresas.

Mediante la Resolución General 5868/2026, el organismo extendió hasta el 31 de diciembre de 2026 la vigencia de estas medidas, que estaban previsto que venzan el 30 de junio.

Cabe mencionar que el plazo ya había sido prorrogado en otras oportunidades.

La normativa modifica los plazos establecidos en las Resoluciones Generales N° 5.490 y N° 5.501, las cuales habían excluido a determinadas operaciones del régimen de percepción de los impuestos a las Ganancias y al Valor Agregado (IVA). Estos regímenes, aplicados usualmente al momento de la importación definitiva de bienes, representan un pago anticipado de dichos tributos.

Al argumentar la decisión, el organismo tributario aludió que responde a la “continuidad de la política económica dispuesta por la Administración Nacional”, buscando sostener los beneficios para el sector productivo y el consumo hasta el cierre del presente año.

Con esta medida, las empresas importadoras de los rubros alcanzados contarán con un mayor margen de previsibilidad financiera para el segundo semestre del año, al evitar el desembolso anticipado de tributos en la Aduana.

La extensión del beneficio impacta directamente en dos sectores clave:

Consumo masivo: se mantiene la excepción para la importación de bienes de primera necesidad, con el fin de atenuar el impacto en los precios internos.
Sector Productivo (MiPyME): continúa la excepción para diversos insumos requeridos por micro, pequeñas y medianas empresas que posean el "Certificado MiPyME" vigente.

Fuente: NA

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