Por prescripción, la Justicia sobreseyó al último imputado y el femicidio de Nora Dalmasso quedó impune

La Justicia de Río Cuarto dispuso el sobreseimiento total de Roberto Marcos Barzola, el imputado de abusar y asesinar a la mujer en 2006, argumentando que pasaron casi 19 años desde el crimen y la acusación prevé un plazo menor.
El tribunal consideró que el crimen marcado por la violencia de género no constituye una "violación a los derechos humanos". Foto: Eugenio Agostini / archivo LNM

El femicidio de Nora Dalmasso permanece impune. La Cámara Criminal, Correccional y de Acusación de 2° Nominación de Río Cuarto sobreseyó de forma total por "prescripción" a Roberto Marcos Barzola, el único acusado por abuso sexual y el posterior asesinato de la mujer, luego de la absolución del esposo de la víctima Marcelo Macarrón. 

El tribunal consideró que el crimen marcado por la violencia de género no constituye una "violación a los derechos humanos", como afirmó la familia de la víctima al intentar reactivar la causa. Además indicó que si bien "el hecho reviste gravedad" no se encuentra incluido en los "supuestos exceptuados de prescripción, ni tampoco puede ser equiparados a los casos en que la Corte aplicó la imprescriptibilidad".

Según la Justicia, desde la medianoche de este martes pasaron casi 19 años desde la noche del 25 de noviembre del 2006, cuando se cometió el delito. "Un lapso superior al límite temporal que la ley sustantiva establece para la operatividad de la prescripción", argumentaron los camaristas Pablo Bianchi y Carlos Hernán González Castellanos y la jueza María Victoria Cavagnaro. 

En abril de este año, el magistrado Diego Ortiz habilitó a la defensa y a la querella a proponer las medidas de pruebas que estimen pertinentes y útiles para avanzar en el proceso de averiguación de la verdad histórica. El nuevo fallo desestima la investigación, que apuntaba contra Barzola, porque "la sentencia establece que el plazo máximo de prescripción para el delito atribuido al imputado Barzola es de 15 años". 

El tribunal señaló descartó que la imposibilidad del esposo y el hijo de la víctima para instar la acción penal como querellantes -porque durante varios años estuvieron imputados del crimen- pueda suspender los plazos de prescripción.

El fallo también señala que la prescripción no estuvo interrumpida por la comisión de otro delito imputable. "La acción penal en contra de Barzola está prescripta -cuanto menos- desde noviembre del año 2021, y que, en consecuencia, corresponde disponer el sobreseimiento total del imputado", expresaron los magistrados.

Además, el dictamen dice que el Ministerio Público Fiscal "no enfrentó un obstáculo legal insuperable que justificara suspender el curso de la prescripción" porque supuestamente "los lapsos en que se investigó a Marcelo y Facundo Macarrón no pueden reputarse como períodos de suspensión de la acción penal". 

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