Afuera: el Gobierno finalmente aceptó y formalizó la renuncia de García-Mansilla como juez de la Corte
El Ejecutivo aceptó y confirmó la decisión del juez, tras el debate y el posterior rechazo de su pliego en el Senado que significó una dura derrota para el Gobierno. Por el momento, el máximo tribunal continuará funcionando con tres integrantes.
Tras el duro revés para Javier Milei ante el rechazo en el Congreso del juez Manuel García Mansilla, designado por decreto, el Gobierno finalmente aceptó y formalizó la renuncia del académico a la Corte Suprema, que por el momento continuará funcionando con 3 integrantes.
La decisión de García Mansilla fue oficializada a través de la publicación del Decreto 276/2025 en el Boletín Oficial, mediante el que el Gobierno acepta su renuncia. Poco más de una semana atrás, los senadores habían rechazado el pliego del catedrático y, en medio de un tenso debate, la decisión sobre su continuidad quedó sobre el propio García-Mansilla, quién comunicó su decisión el pasado lunes 7 de abril.
La administración de Milei se anotó una dura derrota luego de que la Cámara alta rechazara los pliegos de García-Mansilla y Ariel Lijo para ocupar los dos lugares vacantes en la Corte Suprema. El académico había sido nombrado por el Presidente en comisión a fines de febrero de este año.
En total, desde que prestó juramento, García-Mansilla estuvo 39 días como miembro del máximo tribunal de Justicia de la Nación. Durante su corta estadía, el catedrático firmó un total de 214 fallos, 50 de los cuales fueron durante su último día en la Corte Suprema, en medio del debate del Senado por su futuro.
El Decreto que oficializa su renuncia fue firmado por el Presidente y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.
Así, la Corte Suprema afrontará sus funciones con únicamente 3 integrantes, tras la jubilación de Juan Carlos Maqueda. Cabe destacar que el máximo tribunal alcanza mayoría en sus decisiones con 3 votos. De esta manera, en la actualidad todos los fallos deben salir por unanimidad. De existir una diferencia, se debe recurrir a conjueces o a los presidentes de las cámaras del fuero federal para definir un caso.
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