El Senado aprobó la Ley Antimafia, que propone el abordaje integral del crimen organizado
Las reformas del Código Penal propuestas en el proyecto sobre crimen organizado se aplicarán en delitos que involucren el narcotráfico, lavado de dinero, trata de personas, tráfico de órganos, tenencia ilegal de armas y explosivos.
Con 38 votos afirmativos, la Cámara de Senadores de la Nación aprobó en la noche del jueves el proyecto de Ley Antimafia, que arribaba con media sanción de Diputados y fue acompañada por los bloques de La Libertad Avanza, el Pro, la Unión Cívica Radical (UCR), Las Provincias Unidas y espacios federales, además de los kirchneristas Marcelo Lewandowski (Santa Fe) y Carolina Moisés (Jujuy).
Las reformas del Código Penal propuestas en el proyecto sobre crimen organizado se aplicarán en delitos que involucren el narcotráfico, lavado de dinero, trata de personas, tráfico de órganos, tenencia ilegal de armas y explosivos.
La iniciativa contempla una pena de 8 a 20 años de prisión o reclusión, por la mera pertenencia a la asociación ilícita que cometa ese delito.
En ese sentido, se establece que la pena por el delito más grave que le corresponda a quien cometió el hecho también se aplicará a todos los miembros de la organización solamente por pertenecer a ella. Se considera que todos son partícipes necesarios para llevar a cabo el acto delictivo final.
También crea la figura de la Zona de Investigación Especial, con el objeto de establecer mecanismos de actuación ágiles para los diversos poderes del Estado, lo que posibilitará una respuesta más rápida y efectiva en el marco de la actuación operativa y de investigación.
Se dispuso que cuando se autoriza judicialmente una zona sujeta a investigación especial, "las actuaciones pasarán a la Justicia Federal"; y que cuando se trata de una investigación conjunta de varios distritos, "la Fiscalía Federal competente convocará a la Fiscalía General provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las Procuradurías y Unidades Fiscales Especializadas, para integrar una Comisión Investigadora Conjunta".
En ese contexto, cuando se declara la necesidad de una investigación especial, las fuerzas policiales y de seguridad federales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán detener a una persona por 48 horas para averiguación por la comisión de determinados delitos, pero siempre que "exista una razón fundada".
En caso de una investigación por una cantidad de delitos por tratarse de delincuencia transnacional, la detención podrá tener hasta 15 días, con la posibilidad de que sea prorrogada con la autorización judicial correspondiente.
Además, se podrá incautar mercadería presuntamente vinculada con la comisión de ilícitos, así como hacer requisas en las cárceles nacionales o provinciales.
A lo largo del dictamen de mayoría se determina que podrá inmovilizar activos de personas humanas o jurídicas, previa orden judicial, cuando existieren sospechas de un vínculo con una organización criminal.
También los investigadores con previa orden judicial podrán realizar allanamientos sobre los domicilios de un área determinada.
Ante la urgencia, los allanamientos podrán ser autorizados por el Ministerio Público Fiscal (MPF) por cualquier medio, dando inmediata noticia a la autoridad judicial competente que emitió la orden original.
Otra potestad que tendrán será interceptar llamados telefónicos, mensajería de redes sociales, plataformas virtuales y otras formas de comunicación, con orden de la autoridad judicial competente y mediante los sistemas que prevé la ley.
Fuente: NA
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