Desregulación: unifican en un régimen general las contrataciones con el Estado de obra pública y consultorías

La medida, que deroga una serie de regulaciones vinculadas al registro de empresas y consultores en la obra pública. La información pasará a estar centralizada en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO).

El Gobierno dispuso la unificación de los sistemas de inscripción para las contrataciones con el Estado de obra pública y servicios de consultorías en un régimen general, mediante la publicación del Decreto 105/2025 este martes en el Boletín Oficial.

La información pasará a estar centralizada en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), en el que se deberán inscribir las empresas y profesionales que deseen contratar con la Administración Pública Nacional.

La medida, que deroga una serie de regulaciones vinculadas al registro de empresas y consultores en la obra pública, busca simplificar el sistema de contrataciones con el Estado para evitar el requerimiento de igual documentación en distintas instancias y la multiplicidad de requisitos. 

En este sentido, la normativa detalló que “coexisten en la actualidad diversos sistemas de inscripción y/o registro de las personas interesadas en contratar con la Administración Pública Nacional que, no sólo les exigen requisitos diversos, sino que les imponen la obligación de presentar la misma documentación”.

Ante la situación expuesta, el Gobierno consideró necesaria “la unificación de los sistemas de inscripción y/o registro de las personas interesadas en contratar con la Administración Pública Nacional, estableciendo un régimen general común a todas ellas, que solo prevea particularidades en la reglamentación cuando así lo exija un contrato en particular”.

La decisión se enmarca en el proceso de desregulación estatal que viene propiciando la administración de Javier Milei, por lo que partiendo de que “las políticas de Estado se enfocan en maximizar la eficiencia del gasto público, resulta imperioso revisar aquellas funciones que puedan ser redundantes o cuya contribución al interés general sea marginal, asegurando así que los recursos públicos se asignen de manera más racional y efectiva”.

En este contexto, se derogó el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, que había sido creado por el artículo 13 de la Ley Nº 13.064, junto con la totalidad de la Ley Nº 22.460, que comprendía el Registro Nacional de Firmas Consultoras de Obras Públicas.  Ambas instancias regulatorias serán absorbidas por el SIPRO.

Asimismo, el Gobierno también avanzó en la modificación del régimen de habilitación de proveedores al sustituir el artículo 27 del Decreto Nº 1023/01, que regula el régimen de contrataciones de la Administración Nacional. A partir de ahora sólo podrán participar en procedimientos de selección aquellas personas físicas o jurídicas que estén inscriptas en la base de datos administrada por el órgano rector.

Al argumentar la unificación de la base de datos, el Ejecutivo consideró que “la presente medida permitirá mejorar el funcionamiento del Estado, contribuyendo a desempeñar sus funciones de manera más ágil, eficiente y eficaz, a la vez que reducirá el sobredimensionamiento de la estructura estatal”.

Fuente: NA

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