La Afip extendió el vencimiento de los impuestos a los créditos y débitos bancarios y PAÍS

La AFIP dispuso que el 31 de mayo será la fecha de vencimiento "excepcional" para el ingreso de las percepciones del impuesto sobre Créditos y Débitos Bancarios y del impuesto PAIS.

La medida quedó oficializada a través de la Resolución General 5513/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial. Foto: Télam

La AFIP dispuso que el 31 de mayo será la fecha de vencimiento "excepcional" para el ingreso de las percepciones del impuesto sobre Créditos y Débitos Bancarios y del impuesto PAIS.

La medida quedó oficializada a través de la Resolución General 5513/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La decisión aplica a todos los responsables y se enmarca en las facultades conferidas a la AFIP por las Resoluciones Generales N° 2.111 y N° 4.659.

La prórroga alcanza a todos los agentes de liquidación y/o percepción de ambos impuestos, mientras que el ingreso de las percepciones se podrá realizar hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive, mediante los canales habituales habilitados por el organismo.

En el caso del gravamen sobre débitos y créditos bancarios, se trata de percepciones y/o impuesto propio devengado del 16 al 22 de mayo de 2024, que vencían el 27 de este mes.

En el caso del impuesto PAIS, son percepciones del 16 al 22 de mayo, de acuerdo con el texto oficial.

La AFIP justificó esta medida al señalar que para "facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y/o responsables, deviene oportuno extender hasta el 31 de mayo de 2024 el plazo para que los responsables comprendidos cumplan con la determinación y/o el ingreso de ciertas obligaciones impositivas con vencimiento fijado originalmente para el 27 de mayo del corriente año".

Fuente: NA

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