Ordenan el procesamiento de Oscar González por el uso indebido del BMW X1
Lo resolvió el juez Sánchez Freytes. El auto "judicializado", conducido por el ex legislador, protagonizó el choque fatal en Altas Cumbres.
Este martes se conoció la resolución del Juzgado Federal 1 de Córdoba, en la causa “GONZALEZ Oscar Félix, BADRA María Belen – Malversación de caudales públicos (art. 263) Averiguación de delito”.
El juez Alejandro Sánchez Freytes en la investigación que lleva adelante contra el ex presidente Provisorio de la legislatura Provincial, Oscar González, promovida por el fiscal federal Maximiliano Hairabedian, "ordenó el procesamiento" del dirigente de Traslasierra "como autor al delito de depositario infiel continuado"; y de María Belen Badra, sobrina de González, "como autora del delito de ocultamiento de objetos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente".
El ex legislador, protagonizó el 29 de octubre de 2022, en el Camino de las Altas Cumbres. un trágico choque cuando conducía el automóvil de alta gama BMW X1, que le fuera provisto por el Tribunal Superior de Justicia. A raíz de la colisión frontal con un vehículo Sandero, resultó muerta la conductora del Renault, una docente de 56 años, mientras que dos menores de edad resultaron gravemente heridas.
En la resolución, el juez Sánchez Freytes también dispuso "trabar embargo en sus bienes hasta cubrir la suma de un millón de pesos; y por 500.000 pesos a Badra".
En los considerandos, se indica que "está acreditado que efectivamente Oscar González, en su calidad de funcionario público, había recibido en depósito judicial un automotor secuestrado; que debía utilizarlo exclusivamente para la función legislativa; que, en las circunstancias de tiempo, modo y lugar descriptas en el hecho, el automotor estaba secuestrado en una causa federal y González lo conducía en situaciones que prima facie aparecen ajenas a la función legislativa: por tratarse de fines de semana o feriados, incluso en horarios de inactividad legislativa, conforme las constancias de rendición de gastos como usuario de vehículo mencionado".
En otro párrafo, el auto de procesamiento de González expresa: "En suma, la conducta de González ha implicado una violación al deber que había asumida como depositario, y ello encuentra previsto en el artículo 263 del Código Penal, que brinda una especial protección a los bienes secuestrados por la autoridad competente".
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