El Comité de Bioética resolvió a favor en el caso de muerte digna en Córdoba

El comité autorizó el retiro del soporte vital al hombre que se encuentra hace tres meses en estado vegetativo en el Hospital de Urgencias.
Después de considerar la historia clínica del paciente, los siete integrantes del comité recomendaron dar curso favorable a la solicitud de la familia. Foto: LNM

El Comité de Bioética conformado para analizar el caso de un paciente de 64 años en estado vegetativo desde el mes de marzo, publicó este viernes la resolución sobre el pedido de sus familiares para retirarle el soporte vital, basándose en la Ley de Muerte Digna.

Se trata de un hombre de 64 años internado en el Hospital de Urgencias con un fuerte traumatismo de cráneo que sufrió aparentemente por un hecho de violencia callejera. Su estado de salud derivó en un cuadro "vegetativo persistente"

Los familiares de la víctima pidieron a los facultativos que lo asisten que se le retirase la asistencia vital después de que en mayo se trasladara al paciente de la terapia intensiva a sala común. Si bien en un principio los médicos accedieron, días después volvieron a brindarle los medios de alimentación e hidratación en línea con la normativa provincial que establece que para quitarle ese soporte el hombre debía estar doce meses sin mejoría alguna.

Es por esto que se apeló al Ministerio de Salud provincial que convocó a siete miembros del Comité de Bioética para que analice el caso y determinar si se trata de un cuadro irreversible.

Días atrás, el especialista en emergencia y magister en Bioética, Carlos Pecas Soriano, comentó que era la primera vez que se reunía a  los miembros del comité ad hoc para analizar un caso así en Córdoba.

El médico aclaró que “se trata de un paciente que fue víctima de un asalto violento y hace casi tres meses que entró al Hospital de Urgencias con muy mal estado neurológico del cual no se recuperó nunca. Está con un diagnóstico de estado vegetativo persistente. Esto ocurre cuando se muere toda la parte superior del cerebro. Vale decir, que el paciente no tiene corteza cerebral, pero sí tiene vivo el tallo. O sea, para que sea donante de órganos, tiene que existir la muerte de toda la corteza y del tallo, lo que se traduce en una muerte encefálica. El tallo es lo que permite es que pueda respirar pero la corteza le impide tener dolor, hambre o sed. De esta forma, el paciente no tiene contacto con el medio externo, no siente alegría ni placer”, detalló.

Soriano además comentó que "no hay que confundir la muerte digna con la eutanasia. Esta última es la finalización intencional de la vida  del paciente por su reiterado pedido. En ese caso, el médico debería inyectarle una droga para que el paciente fallezca. En este caso, el pedido es para retirar el soporte vital, no se le inyecta ninguna una droga mortal”, aclaró.

La resolución del comité

Después de considerar la historia clínica del paciente, los siete integrantes del comité le recomendaron al director del Hospital de Urgencias, Mariano Marino, "que se brinde curso favorable sin dilaciones inadecuadas ni indebidas a la solicitud de la familia del señor J.S. de retirarle las medidas de sostén vital y, de asegurar de igual modo, los cuidados paliativos integrales al nombrado paciente".

"Ninguno de quienes están involucrados en el presente caso de ‘J.S. – Traumatismo Cráneo Encefálico’  no han dejado de maximizar el cumplimiento de las buenas prácticas médicas", expresó además el comunicado.

Tras la resolución, Soriano analizó en sus redes sociales: "Triunfo del sentido común, de la libre determinación de las personas, de la humanidad en la muerte y de la prudencia. La bioética es una herramienta fundamental para humanizar la medicina".

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